SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 116635 del 20-05-2021
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | STP7423-2021 |
Fecha | 20 Mayo 2021 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de expediente | T 116635 |
Eyder Patiño Cabrera
Magistrado Ponente
STP7423-2021
Radicación n.° 116635
(Aprobado Acta n° 122)
Bogotá, D.C., veinte (20) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
Se resuelve la acción de tutela promovida por Fabian Salazar Herrera, quien acude a través de apoderado, contra la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia.
A la presente actuación fueron vinculados el Juzgado 14 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de esta ciudad, las partes e intervinientes del radicado 11001600002320188024702, así como la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal accionado.
ANTECEDENTES
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Hechos y fundamentos de la acción
1.1. El 31 de julio de 2019 Fabian Salazar Herrera, fue condenado por el Juzgado 14 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, dentro del radicado 11001600002320188024700, por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años agravado y en concurso homogéneo y sucesivo.
1.2. El 3 de diciembre de 2020, La Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de esta ciudad, confirmó la sentencia emitida.
1.3. La actuación se encuentra actualmente en la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia en estudio del recurso extraordinario de casación elevado por el accionante.
1.4. El 11 de diciembre del año anterior, el Juzgado de primera instancia, negó una solicitud de libertad por favorabilidad presentada por el actor.
1.5. Contra la anterior determinación, el demandante interpuso recurso de apelación, por lo que el expediente se remitió a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
1.6. Salazar Herrera por intermedio de apoderado, presentó acción de tutela en contra de la última autoridad judicial referenciada, por la presunta vulneración de su derecho al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, alegando que, las decisiones relativas a la libertad, en el marco del artículo 160 de la Ley 906 de 2004, se deben resolver en el máximo de 3 días hábiles, y que, pese a la solicitud de impulso procesal remitida al Cuerpo Colegiado demandado en abril del año en curso, a la fecha el asunto no ha sido resuelto, con lo cual el accionado se encuentra en mora judicial.
Considera que se presenta un perjuicio irremediable en su contra, pues la mora en la resolución de recurso, le mantiene privado de su libertad en una actuación en la que el fallo condenatorio emitido no se encuentra en firme y adicional a ello, la situación intramural en la que vive, le ha generado problemas maritales que le tienen al punto de perder su núcleo familiar.
Su pretensión es que, se ordene a la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá resolver de fondo el recurso interpuesto contra la decisión...
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