SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 92997 del 12-05-2021 - Jurisprudencia - VLEX 875207582

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 92997 del 12-05-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 92997
Fecha12 Mayo 2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL5526-2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN

Magistrado ponente


STL5526-2021

Radicación n.° 92997

Acta 17


Bogotá, D.C., doce (12) de mayo de dos mil veintiuno (2021).


Resuelve la S. la impugnación interpuesta por la accionante CAROLINA IDALY FALLA PÉREZ contra la sentencia emitida por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, dentro de la acción de tutela que promovió contra los JUZGADOS TREINTA Y DOS LABORAL DEL CIRCUITO y SÉPTIMO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES, ambos de Bogotá.


  1. ANTECEDENTES


La señora C.I.F.P. instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de su derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por los accionados.

Refirió que promovió demanda ordinaria laboral de única instancia contra el Colegio L.C.H.S., a fin de que le fuera declarada la existencia de un contrato de trabajo, y se condenara por el pago de los salarios dejados de percibir, aportes a seguridad social, prestaciones e indemnizaciones por despido injusto y la moratoria del artículo 65 del CST; que el proceso correspondió al Juzgado Séptimo Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá; que después de surtirse las etapas procesales correspondientes, el 22 de enero de 2021 accedió a sus pretensiones y condenó a la demandada a pagarle además de las acreencias laborales, la indemnización moratoria por valor de $33.705.000; que contra esa determinación el apoderado de la sociedad interpuso recurso de apelación y fue concedido por el juzgado, a pesar de que contra ella no procedía por ser un proceso de única instancia; que por reparto le fue asignado el asunto al Juzgado Treinta y Dos Laboral del Circuito de Bogotá.


Por lo expuesto solicitó que se ampare el derecho reclamado y se ordene al Juzgado Treinta y Dos Laboral del Circuito de Bogotá, que «una vez llegado el proceso modificar el auto del día 22 de [e]nero de 2021, es decir rechazar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, y declarar la firmeza de la sentencia proferida en audiencia del día 22 de [e]nero 2021».




  1. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


La S. Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá admitió la acción de tutela el 19 de marzo de 2021, ordenó notificar a los accionados, y vinculó a los interesados a fin de que ejercieran los derechos de defensa y contradicción.


Dentro del término concedido, el Juzgado Treinta y...

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