SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 116041 del 18-05-2021
Sentido del fallo | REVOCA CONCEDE TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | STP5655-2021 |
Fecha | 18 Mayo 2021 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cartagena |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | T 116041 |
JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA
Magistrado Ponente
STP5655-2021
Radicación n.° 116041
(Aprobación Acta No. 117)
Bogotá D.C., dieciocho (18) de mayo de dos mil veintiuno (2021)
VISTOS
Decide la S. el recurso de impugnación interpuesto por TANIA LISBETH BANDERA FLORIÁN y A.I.R., contra el fallo de tutela proferido por la S. de Decisión Penal en S. de Tutela del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena el 11 de marzo de 2021, mediante el cual negó el amparo invocado contra la Dirección Seccional de Fiscalías de Bolívar y la Fiscalía 58 Seccional de Mompox.
ANTECEDENTES
Y
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Fueron recogidos en el fallo de tutela de primera instancia, en los siguientes términos:
Señalan los accionantes en la demanda constitucional que presentaron derecho de petición el día 25 de enero de 2021, a la Dirección Seccional de Fiscalías de Bolívar y a la Fiscalía 58 Seccional de Mompox, el cual fue remitido mediante correo certificado y a través de la guía N° 996943185 de la empresa Servientrega, expresan que hasta la fecha de presentación de esta demanda no han recibido respuesta alguna por parte de las entidades accionadas.
Sostienen que están solicitando el impulso procesal de la denuncia penal radicada con el CUI N° 134680061119202000307, de fecha 12 de octubre de 2020, instaurada en contra de H.R.A., por la presunta comisión de los delitos de tentativa de homicidio, amenaza, lesiones personales, maltrato a menores y violencia de género, toda vez, que solo han recibido oficio remisorio a Medicina Legal y Ciencias Forenses de Magangué, Bolívar.
Añaden los accionantes que se les informe cual es la etapa procesal subsiguiente de la denuncia penal radicada con el CUI N° 134680061119202000307, de fecha 12 de octubre de 2020, instaurada en contra de H.R.A., petición que hacen con fundamento en los numerales 4, 9 y 11 del artículo 136 de la ley 906 de 2004.
Además, afirman que solicitaron a la fiscalía accionada, que les brinde medida de protección debido a que han recibido amenazas de muerte por parte del señor H.R. Arismendi, en el mismo sentido señalan que requieren información respecto cuales son las indagaciones o investigaciones realizadas por parte de la Fiscalía, a partir del momento de la denuncia instaurada.
Manifiestan además, que deben ser llamados a audiencia de conciliación preprocesal, debido a que el ente investigador modifico la conducta de tentativa de homicidio, por lesiones personales culposas.
En virtud de todo lo anterior, solicitan y se ampare sus derechos fundamentales invocados y se le ordene a la Fiscalía 58 Seccional de Mompox, que le dé celeridad a la investigación penal seguida en...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba