SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 7600122210002021-00003-03 del 30-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 875209344

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 7600122210002021-00003-03 del 30-06-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de sentenciaSTC7982-2021
Fecha30 Junio 2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras de Cali
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 7600122210002021-00003-03



AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

Magistrado ponente


STC7982-2021

Radicación n° 76001-22-21-000-2021-00003-03

(Aprobado en sesión virtual de treinta de junio de dos mil veintiuno).


Bogotá, D.C., treinta (30) de junio de dos mil veintiuno (2021).


Se decide la impugnación formulada por el accionante frente al fallo proferido el 21 de abril de 2021 por la Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en la acción de tutela promovida por por J.R.G.Z., como agente oficioso de R.G.G. y M.Z. de González contra el Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de P. y la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, trámite al que fueron vinculados los intervinientes en la actuación criticada.


ANTECEDENTES


  1. El promotor, como agente oficioso de R.G.G. y M.Z. de González, pretende protección constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, que dice vulnerados por las autoridades encausadas.


Solicitó, entonces, se ordene al juzgado accionado «recono[cer] el derecho fundamental a restitución de tierras dentro del componente de la reparación integral a [sus] padres, en cuanto al predio “alegrías” el cual debió ser compensado… por equivalencia con el valor de un proyecto productivo y un subsidio de vivienda, conforme a la orden n° 4 de la sentencia 013 de 2018».


2. Son hechos relevantes para la definición de este asunto los que a continuación se sintetizan:


2.1. La Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas (UAEGRTD) presentó, en representación de Rodrigo González Gallo y M.Z. de González, solicitud de restitución y formalización de tierras abandonadas forzosamente o despojadas (radicado 2015-00154), con la finalidad de obtener la devolución de los predios denominados «El Carmelo - El Limón» y «Las Alegrías» ubicados en la vereda La Florida, del municipio Pensilvania –Caldas-.


2.2. Mediante sentencia del 27 de abril de 2018, el Juzgado criticado reconoció la calidad de víctima de los reclamantes y de su núcleo familiar, ordenando la restitución de los inmuebles por equivalencia, al tiempo que, respecto del fundo «Las Alegrías», una vez «se haya adjudicado el predio por equivalencia… en el término de… 15 días contabilizado a partir de ese acto realizado por parte de la UAEGRTD, adelante todas las actuaciones necesarias para el diseño e implementación de un proyecto productivo acorde al estudio realizado… y que posibilite la sostenibilidad de la restitución ordenada».


2.3. Luego, el actor solicitó el cumplimiento del fallo, pues si bien se atendió la restitución por equivalencia respecto de los predios, lo cierto es que las órdenes del proyecto productivo y subsidio de vivienda están pendiente acatamiento; el 9 de diciembre de 2020 el estrado judicial dio por cumplida «la orden del pago de la compensación económica a favor de [los reclamantes], por parte del Grupo Cumplimiento de Órdenes Judiciales y Articulación Institucional (COJAI)», al tiempo que, no accedió a la «activación de la vivienda y proyectos productivos», pues los solicitantes habían optado por la compensación económica de manera libre y voluntaria, de ahí que, acceder a ello, sería una doble compensación.


2.4. Por vía de tutela se duele el quejoso, en síntesis, de la decisión referida a espacio, pues, deduce, el fallo aún no se ha...

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