SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 93319 del 02-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 875209768

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 93319 del 02-06-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha02 Junio 2021
Número de sentenciaSTL7460-2021
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 93319


IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ

Magistrado ponente


STL7460-2021


Radicado n.° 93319

Acta 20


Bogotá, D.C., dos (2) de junio de dos mil veintiuno (2021).


La Corte decide la impugnación que la representante legal de EMGESA S.A. E.S.P. interpuso contra el fallo que la homóloga Sala de Casación Civil profirió el 16 de abril de 2021, en el trámite de la acción de tutela que la recurrente promovió contra la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ y el JUEZ TREINTA Y SIETE CIVIL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.


  1. ANTECEDENTES


El representante legal de la empresa convocante promovió acción de tutela con el fin de obtener la protección de los derechos fundamentales de su prohijada al debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia.

Para respaldar su solicitud, adujo que E.A.U.A. promovió demanda de responsabilidad civil extracontractual contra Emgesa S.A. E.S.P., para lograr el pago de una indemnización de perjuicios, toda vez que el 16 y 23 de abril de 2011 la demandada abrió las compuertas de la hidroeléctrica de Betania e inundó su cultivo de limón en los predios «Barrancas y Barranquitas» de la vereda «V.» del municipio de Natagaima – Tolima.


Expuso que dicho trámite cursó ante al Juez Primero Civil del Circuito del G.-.-, quien negó las pretensiones de la demanda.


Manifestó que el demandante apeló la decisión y por medio de auto de 4 de febrero de 2020 la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Ibagué declaró la nulidad de la actuación por falta de competencia del a quo y remitió el expediente a la oficina de reparto de los juzgados civiles del circuito de Bogotá.


Señaló que el asunto se asignó al Juez Treinta y Siete Civil del Circuito de Bogotá, autoridad que en sentencia de 30 de septiembre de 2020 condenó a Emgesa S.A. E.S.P. a pagar $29.356.573 por concepto de lucro cesante y $14.729.572 por daño emergente.


Manifestó que las partes en controversia apelaron aquella decisión y por medio de fallo de 29 de enero de 2021 la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá incrementó el monto de las condenas.

Afirmó que los despachos convocados vulneraron las prerrogativas superiores de la empresa que representa, pues considera que no analizaron adecuadamente el testimonio de H.L., quien en su momento era el jefe de la Central Hidroeléctrica de Betania.


Indicó que las pruebas que el demandante aportó son insuficientes para demostrar el nexo causalidad entre la actividad que Emgesa S.A. E.S.P. desarrolla y...

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