SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 117717 del 19-07-2021 - Jurisprudencia - VLEX 875213537

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 117717 del 19-07-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP8962-2021
Número de expedienteT 117717
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha19 Julio 2021



PATRICIA SALAZAR CUÉLLAR Magistrada ponente



STP8962-2021 R.icación No.: 117717 Acta 180




Bogotá, D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil veintiuno (2021).


VISTOS



Se pronuncia la S. sobre la impugnación instaurada por GUILLERMO ENRIQUE CASTAÑO OTÁLVARO frente al fallo proferido el 31 de mayo de 2021 por la SALA DE CASACIÓN LABORAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, mediante el cual negó el amparo invocado contra las S.s Civil, Laboral y Penal de esta Corporación.


Al trámite fueron vinculados la Procuraduría 31 Judicial II Delegada para Asuntos Civiles y Laborales, la Fiscalía 46 Local, la S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial y los Juzgados Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento y 28 Penal del Circuito, todos de Medellín.



ANTECEDENTES



Así los expuso la S. de Casación Laboral:


El accionante acudió a este mecanismo constitucional por estimar quebrantados sus derechos fundamentales de petición, debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulnerados por parte de las autoridades accionadas.


De los documentos allegados al expediente digital y del extenso escrito de tutela, se extrae, en síntesis, que, dentro del proceso penal seguido contra J.P.G.M. y G. de J.J. por la presunta comisión de los delitos de injuria y calumnia, el accionante actuó como «apoderado de la víctima» [de] Á. de J.V..


Que dicho trámite se adelantó en el Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Medellín, autoridad que, por auto de 14 de febrero de 2019, decretó la «apertura del incidente correccional en contra de Guillermo Enrique Castaño Otálvaro» y por providencia de 4 de marzo siguiente, lo sancionó con multa de 3.25 smmlv vigentes para ese año, por entorpecer el normal desarrollo del proceso, decisión que recurrió en reposición y, mediante proveído del 14 del mismo mes y año confirmó.


El actor indicó que inconforme con la anterior determinación, presentó una tutela, asunto que conoció el Juzgado Veintiséis Penal del Circuito de Medellín, el cual, por providencia de 10 de abril de 2019 negó el amparo, por lo que impugnó y la S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad, por fallo de 27 de mayo siguiente, confirmó la de primer grado.


Posteriormente, el aquí accionante interpuso nueva acción constitucional contra el tribunal y los Juzgados Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento y el Veintiséis Penal del Circuito de Medellín, la cual correspondió a la S. de Casación Penal, autoridad que, por auto de 25 de noviembre de 2019 inadmitió con el fin de que este suministrara el poder que lo facultaba para ejercer el amparo y, como no se aportó, por proveído de 14 de enero de 2020, la rechazó.


Castaño Otálvaro advirtió que esa última providencia anterior fue «arbitraria, ilegal, irregular», por lo que promovió otra tutela contra la S. Penal de la Corte Suprema, la cual fue negada por la Homóloga Civil por sentencia de 19 de agosto de 2020 y confirmada por la S. de Casación Laboral el 7 de octubre siguiente; decisiones que a su juicio, vulneró [sic] sus derechos fundamentales, pues esa determinación fue «arbitraria y con fundamento en su voluntad en franca y absoluta desconexión con la voluntad de la ley».


Por lo expuesto, C.O., esta vez, solicitó que se revoquen las siguientes decisiones: i) la sentencia proferida por la S. de Casación Laboral el 7 de octubre de 2020; ii) el «auto No. 008 de […] 14 de febrero de 2019 por el cual se dispuso la apertura de incidente correccional contra el accionante»...

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