SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002021-00792-01 del 09-09-2021
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Número de expediente | T 1100102040002021-00792-01 |
Fecha | 09 Septiembre 2021 |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STC11761-2021 |
ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO
Magistrado Ponente
STC11761-2021
Radicación n.° 11001-02-04-000-2021-00792-01
(Aprobado en sesión virtual de ocho de septiembre de dos mil veintiuno)
Bogotá, D.C., nueve (09) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).-
Decide la Corte la impugnación formulada frente al fallo proferido el 29 de abril de 2021 por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la acción de tutela promovida por Aseguradora de Fianzas S.A. –Cofianza, contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia y el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de la misma urbe, trámite al que fueron vinculados David B.V., la Unión Temporal SIS Armenia, el Ministerio del Interior, el municipio de Armenia, así como las partes y los intervinientes del incidente de reparación integral a que alude el escrito de tutela.
ANTECEDENTES
1. La gestora del amparo reclama a través apoderado especial, la protección constitucional de su garantía al debido proceso, que consideró quebrantada por las autoridades jurisdiccionales convocadas, al confirmar la condena en su contra por el delito de homicidio agravado, radicado bajo el consecutivo n.º 2010-82410-00.
Solicita entonces, en lo cardinal, que (i) se deje «sin valor ni efecto las decisiones de primera y segunda instancia proferidas por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Armenia y a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia dentro del incidente de reparación integral promovido por el Ministerio del Interior y el Municipio de Armenia contra D.B. Vélez»; y (ii) se ordene al Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Armenia «que nuevamente emita la respectiva sentencia de acuerdo a los parámetros» que aquí se adopten.
2. En apoyo de su reclamo aduce, en síntesis, que por cuenta de un convenio interadministrativo «el Ministerio del Interior -Fondo de Seguridad y convivencia Ciudadana FONSECUN- se obtuvo la disponibilidad presupuestal a favor del Municipio Armenia para que dicha municipalidad materializara con Unión Temporal SIS Armenia, el contrato PF-062 del 2007 que tenía por objeto el “Suministro, instalación, montaje, prueba, puesta en funcionamiento, garantía y mantenimiento de un circuito cerrado de televisión (CCTV) con video y control en tiempo real, que involucre equipos activos y pasivos, en la ciudad de Armenia, con centro de control y monitoreo en el comando del departamento de policía Quindío”»; explicó que para garantizar el cumplimiento de la citada convención, la Unión Temporal, allí contratista, «constituyó la garantía única de cumplimiento póliza GU053511, expedida el 27 de septiembre de 2007 por la Compañía Aseguradora de Fianzas S.A. Confianza», cuya vigencia se otorgó entre el 28 de septiembre de 2007 hasta el 20 de diciembre de 2010, cuyo valor asegurado fue de $1.998.561.893,00.
Señaló que por presentarse «irregularidades» en la ejecución y liquidación del aludido convenio el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Armenia, mediante...
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