SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 115695 del 13-04-2021
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | STP3988-2021 |
Fecha | 13 Abril 2021 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de expediente | T 115695 |
JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA
Magistrado Ponente
STP3988-2021
Radicación n.° 115695
(Aprobación Acta No.82)
Bogotá D.C., trece (13) de abril de dos mil veintiuno (2021)
VISTOS
Resuelve la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Decisión de Tutelas, la acción interpuesta por DIANA MARILYN VARGAS CRUZ en calidad de agente oficiosa de sus hijos menores de edad S.D.V. y M.B.V., contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial, el Juzgado Primero Penal del Circuito y la Fiscalía 19 Seccional adscrita a la Dirección Nacional de Anticorrupción, todos de la ciudad de S.M., con ocasión del proceso penal radicado bajo el número 2018-00285.
ANTECEDENTES
Y
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
La señora D.M.V. CRUZ en calidad de agente oficiosa de sus hijos menores de edad S.D.V. y M.B.V. solicita el amparo de sus derechos constitucionales a tener una vivienda digna, seguridad jurídica y derechos de los menores de edad, los cuales considera vulnerados por las autoridades judiciales accionadas, al decretarse la medida cautelar de embargo del inmueble con número de matrícula inmobiliaria 080-53812 donde reside con sus hijos, el cual está constituido como patrimonio familiar.
Manifestó que, el día 25 de febrero de 2019, fue condenada por el Juzgado Primero Penal del Circuito de S.M., por el delito de peculado por apropiación agravado por la cuantía, en la modalidad de consumado y en calidad interviniente. En esta instancia, el a quo resolvió lo siguiente:
PRIMERO. Condenar a D.M.V. CRUZ de condiciones civiles y personales conocidas en el proceso, a la pena principal de Sesenta y Cuatro (64) meses de Prisión y Multa de Mil Doscientos Sesenta y Tres Millones Seiscientos Veinte Mil ($1.263.620.000) pesos, como penalmente responsable de la conducta de PECULADO POR APROPIACIÓN AGRAVADO POR LA CUANTÍA EN CALIDAD DE INTERVINIENTE, en consideración a las razones anotadas en la parte motiva de esta sentencia. Así mismo se le impone la inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas, por el mismo término de la pena principal.
SEGUNDO. Condenar a D.M.V.C., al pago de Mil Ochocientos Ochenta y Seis Millones ($1.886.000.0000) de pesos, al Instituto de Seguro Social por concepto de Perjuicios Materiales, cifra que deberá ser indexada al momento de su pago.
TERCERO. Consecuente con la pena impuesta y lo señalado en la parte motiva de esta Sentencia, no se concede a D.M.V. CRUZ Subrogado Penal alguno. En consecuencia, se ordena llorar de manera inmediata la orden de captura, para que la condenada cumpla la pena impuesta en un centro de reclusión, con privación de la libertad de carácter Intramural, tal como lo dispone el artículo 188 del C. de P.P.
CUARTO. Para proceder al desembargo solicitado la procesada, deberá garantizar el pago de los perjuicios de mediante póliza de seguros por valor de Dos Mil Millones ($2.000.000.000) de pesos. Dicha póliza deberá presentarse en un término no mayor a veinte (20) días, contados a partir de la ejecutoria de la providencia respectiva, la que sólo podrá controvertirse mediante recurso de reposición.
QUINTO. Imponer a D.M.V. CRUZ las penas accesorias de interdicción en el ejercicio de derechos y funciones públicas, por un período igual al de la pena principal impuesta.
SEXTO. En F. esta Sentencia se compulsaran las respectivas copias de primera y segunda instancias, a la Divisiones de Identificación y Electoral de la Registraduria Nacional del Estado Civil, al INPEC y demás autoridades que corresponda.
Inconformes con la decisión, la sentencia de primer grado fue apelada por la Fiscalía, la defensa y el apoderado de la parte civil, por lo que, mediante fallo de segunda instancia del día 8 de octubre de 2020, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de S.M., resolvió lo siguiente:
PRIMERO. - MODIFICAR la sentencia proferida el 25 de febrero de 2019 por el Juzgado Primero Penal del Circuito de S.M.(., en virtud de la cual se condenó a D.M.V. CRUZ por el delito de PECULADO POR APROPIACIÓN AGRAVADO POR LA CUANTÍA EN CALIDAD DE INTERVINIENTE, por las razones expresadas en la parte motiva de...
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