SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 116389 del 23-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 876873185

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 116389 del 23-04-2021

Sentido del falloREMITE POR COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha23 Abril 2021
Número de sentenciaATP533-2021
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 116389



EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER Magistrado Ponente



ATP533-2021 Radicación n° 116389 Acta No. 93



Bogotá D. C., veintitrés (23) de abril de dos mil veintiuno (2021).



ASUNTO



Sería del caso que la Sala se pronunciara sobre la demanda de tutela presentada por ADÁN ROJAS MENDOZA, a través de apoderada judicial, en procura del amparo a su derecho fundamental al debido proceso, presuntamente vulnerado por el F. General de la Nación y F.D. ante el Tribunal, si no se observara que carece de competencia para asumir el conocimiento de la actuación en primera instancia.

ANTECEDENTES FÁCTICOS

1. Expone la apoderada judicial de ADÁN ROJAS MENDOZA que, mediante fallo ST5386-2020, radicado 110439 de 28 de mayo de 2020, la Sala de Casación Penal en sede de tutelas, amparó el derecho al debido proceso y acceso a la justicia y ordenó a la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, dar aplicación al contenido del inciso 3° del artículo 11 A de la Ley 975 de 2005, esto es, la compulsa de copias allí establecida.

2. Con oficio N.. 1823 de 24 de septiembre de 2020, la citada Corporación dio cumplimiento a la orden de tutela, por lo que dio traslado de ello a la Oficina de la F.ía Delegada para la Seguridad Ciudadana al correo electrónico Carmen.torres@fiscalia.gov.co

3. En razón a que no hubo pronunciamiento por parte de la F.ía General de la Nación, la abogada del actor radicó derecho de petición, cuyo radicado O. correponde al número 202207720032535, en el que reclamó:

«1.Se sirva ordenar a cada Director de las seccionales (M., Atlántico y Cesar), donde existen hechos delictivos cometidos por mis representados ADAN Y JOSE GREGORIO ROJAS MENDOZA, la asignación de un fiscal Especial, para que a partir de las imputaciones hechas en justicia y paz, situación que ya fue aportada por El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla- Sala de Justicia y Paz a esta entidad, hechos que están debidamente documentados, se proceda a escucharlos en diligencia de indagatoria para acogerse a la figura de sentencia anticipada creándose una matriz principal a efectos de acumular los delitos cometidos en cada departamento. Ordenado en consecuencia que los procesos que ya se adelantan en cada fiscalía se acumulen con los que fueron confesados en justicia y paz.

2. Se ordene a las unidades especiales de derechos humanos, en cuya seccionales haya procesos llevados en contra de mis...

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