SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 114878 del 11-03-2021 - Jurisprudencia - VLEX 876874197

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 114878 del 11-03-2021

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 114878
Fecha11 Marzo 2021
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP3720-2021



Eyder Patiño Cabrera

Magistrado Ponente


STP3720-2021

Radicación n.° 114878

(Aprobado Acta n° 61)


Bogotá, D.C., once (11) de marzo de dos mil veintiuno (2021)


ASUNTO



Se resuelve la acción de tutela promovida por Emeramo Barrero Parra, a través de apoderado, en contra de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia -Sala de Descongestión n.o 4- por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso, al acceso a la administración de justicia, a la vida digna, a la igualdad y al mínimo vital.


Al presente trámite fueron vinculadas las partes e intervinientes que participaron dentro del proceso impulsado por el actor.


ANTECEDENTES


1. Fundamentos de la acción


1.1. E.B.P. demandó a la Compañía de Inversiones de la Flota Mercante S.A. en liquidación obligatoria, sustituida procesalmente por el Patrimonio Autónomo Panflota y a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia, con el propósito de que se declarara que le adeudaban el auxilio de cesantías correspondiente a la totalidad del tiempo trabajado, sus intereses, las indemnizaciones por terminación del contrato de trabajo sin justa causa y la moratoria derivada de la falta de pago de estas prestaciones, la pensión de jubilación y la indexación de las condenas.


1.2. Ese asunto correspondió al Juzgado 12 Laboral de Descongestión de Bogotá, despacho que en fallo del 19 de diciembre de 2012, resolvió:


PRIMERO: CONDENAR a la demandada COMPAÑÍA DE INVERSIONES DE LA FLOTA MERCANTE S.A. EN LIQUIDACIÓN OBLIGATORIA y en forma subsidiaria a la FEDERACIÓN NACIONAL DE CAFETEROS DE COLOMBIA como administradora del Fondo Nacional del Café, a cancelar al demandante EMERAMO BARRERO PARRA […], las siguientes sumas de dinero, por las razones expuestas en la parte motiva:


  1. Por concepto de cesantías la suma de $99.622.174,32.

  2. Por concepto de intereses sobre saldo de cesantías del ultimo año $11.954.660,91.

  3. Por concepto de indemnización del artículo 64 del C.S.T. $155.434.431.


SEGUNDO: CONDENAR a la parte demandada al pago de la indexación de las sumas objeto de condena hasta que de efectúe su pago, por las razones expuestas.


TERCERO: ABSOLVER a la parte demandada de las demás pretensiones de la demanda, conforme lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.


1.3. El actor y la Federación interpusieron recurso de apelación y el 31 de julio de 2013, la Sala Laboral de Descongestión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de esta ciudad, la confirmó.


1.4. Las partes incoaron recurso extraordinario de casación y en fallo CSJ SL3738-2020, 1º sep. 2020, rad. 66441 la Sala de Descongestión n.o 4 de la Sala de Casación Laboral decidió no casar el fallo.


1.5 Emeramo Barrero Parra, a través de apoderado, acude al amparo en busca de la protección de sus derechos debido proceso, al acceso a la administración de justicia, a la vida digna, a la igualdad y al mínimo vital.


Solicita que se deje sin efecto la sentencia CSJ SL3738-2020 y, en su lugar, se ordene el reconocimiento y pago de la pensión de jubilación, la indemnización moratoria e indexación, al estimar que si cumple los requisitos para tal fin.



2. Las respuestas


2.1. Federación Nacional e Cafeteros de Colombia


El apoderado refirió que lo pretendido por el actor a través del amparo es continuar con el debate surtido en las instancias. Aspecto que no es procedente.


Finalmente, solicitó que se niegue la tutela.


2.2. Patrimonio Autónomo Panflota


El apoderado adujo que se oponía las pretensiones del demandante toda vez que las decisiones adoptadas por...

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