SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 1100102300002021-00207-00 del 07-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 876875352

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 1100102300002021-00207-00 del 07-04-2021

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 1100102300002021-00207-00
Fecha07 Abril 2021
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL4079-2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR

Magistrado ponente


STL4079-2021

Radicación n.° 11-001-02-30-000-2021-00207-00

Acta 12


Bogotá, D.C., siete (7) de abril de dos mil veintiuno (2021).


Procede la Sala a pronunciarse, en primera instancia, sobre la acción de tutela presentada por JORGE DAVID SIERRA AMAYA contra el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA – UNIDAD DE REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS Y AUXILIARES DE LA JUSTICIA.


  1. ANTECEDENTES


El ciudadano J.D.S.A. instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de su derecho fundamental al trabajo, presuntamente vulnerado por la autoridad convocada.


Como fundamento de la acción constitucional, expuso que el 26 de febrero de 2021, diligenció a través de la plataforma SIRNA el formulario único para múltiples trámites a fin de obtener la inscripción en el Registro Nacional de Abogados, como la expedición de la tarjeta profesional, trámite que fue radicado con número de trámite 3036; así mismo informó que en la misma fecha envió al correo electrónico regnal@cendoj.ramajudicial.gov.co del Consejo Superior de la Judicatura, la misma solicitud para lo cual adjuntó el formulario único para múltiples trámites diligenciados y con radicado, copia de la cédula de ciudadanía, copia del diploma y acta de grado, copia de la consignación ante el banco BBVA y una fotografía en formato JPG.


Agregó que el trámite anterior, lo requiere con urgencia para poder ejercer la profesión de abogado, toda vez que el 16 de febrero de 2021 fue notificado por parte del Equipo de Formalización de Boyacá de la Superintendencia de Notariado y Registro que fue seleccionado para suscribir contrato de prestación de servicios como Profesional Universitario Tipo B, sin que a la fecha pueda suscribir tal convenio ante la falta de tarjeta profesional, de acuerdo a lo notificado el 26 de febrero del presenta año por la Superintendencia de Notariado y Registro.


De conformidad con lo anterior, solicitó el amparo de la prerrogativa constitucional implorada y, como consecuencia de ello, que se ordene al Consejo Superior de la Judicatura - Unidad de Registro Nacional de Abogados realizar su inscripción en el registro nacional de abogados y se expida de forma inmediata su tarjeta profesional.

Mediante auto de 18 de marzo de 2021, esta Sala de la Corte admitió la acción de tutela, ordenó notificar a la autoridad convocada, con el objetivo de que ejerciera los derechos de defensa y contradicción.



Dentro del término de traslado otorgado, la Unidad de Registro Nacional de Abogados y A. de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura rindió informe...

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