SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 115670 del 06-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 876875602

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 115670 del 06-04-2021

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 115670
Fecha06 Abril 2021
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP5218-2021




FABIO OSPITIA GARZÓN

Magistrado Ponente



STP5218 - 2021

Tutela de 1ª instancia No. 115670

Acta No. 79


Bogotá D. C., seis (06) de abril de dos mil veintiuno (2021).


VISTOS



Se resuelve la tutela instaurada mediante apoderado por ALICIA MARCIANA DE LA O.V., contra la Corte Suprema de Justicia, S. de Casación Laboral, S. de Descongestión No. 4., la S. Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B. y el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de la misma ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.



A la acción se vincularon, como terceros con interés legítimo, a Ecopetrol S.A. y a las demás partes del proceso laboral ordinario objeto de censura (rad. 2013-00504-01).

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN



Como hechos jurídicamente relevantes se destacan los siguientes:



1. ALICIA MARCIANA DE LA O.V. presentó demanda ordinaria laboral contra Ecopetrol S.A. con la finalidad de que se le condene a reconocerle el 100% de la sustitución pensional desde el 15 de octubre de 2007, a reestablecer los servicios médicos que le fueron suspendidos, y a pagarle los intereses moratorios.



2. El Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de B., al que le correspondió el trámite de primera instancia, mediante fallo del 8 de marzo de 2016, absolvió a la enjuiciada de las pretensiones de la demandante, y a esta última le impuso el pago de costas.


3. Por apelación de la demandante, la S. Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B., mediante sentencia del 17 de mayo de 2016, confirmó la del juzgado.



4. ALICIA MARCIANA DE LA O.V. interpuso el recurso extraordinario de casación. En sentencia SL3326-2020 del 1º de septiembre de 2020, la S. de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia no casó la providencia de segundo grado.



5. Con fundamento en este marco fáctico, ALICIA

MARCIANA DE LA O.V. promueve, a través de apoderado, acción de tutela en procura de protección de su derecho fundamental al debido proceso que estima conculcado en razón de la vía de hecho que atribuye a la sentencia de casación proferida dentro del proceso reseñado.





Considera la accionante que en las providencias judiciales reprobadas, en particular la sentencia proferida por la S. de Casación Laboral, se incurrió en defecto fáctico, porque a pesar de encontrarse amparada por la presunción “de derecho” establecida en el artículo 13 del Decreto 1160 de 1989, desde su inscripción por parte del causante ante Ecopetrol, como compañera permanente y beneficiaria en los servicios de salud; argumenta que las accionadas invirtieron los alcances de la presunción contemplada en la disposición normativa antes citada, siendo a Ecopetrol a quien, en su concepto, correspondía desvirtuarla probatoriamente.



6. Como medida de protección de las garantías superiores invocadas, pretende que se deje sin efectos o invalide «la sentencia de primera instancia proferida el 08 de marzo de 2016 por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de B., sentencia de segunda instancia proferida el 17 de mayo de 2016 por el Tribunal Superior de B. – S. Laboral y la Sentencia de Casación proferida el 01 de septiembre de 2020 por la Corte Suprema de Justicia – S. de Casación Laboral dentro del Proceso Ordinario Laboral contra ECOPETROL identificado bajo el radicado 2013-00504».



TRÁMITE DE LA ACCIÓN



El 15 de marzo último fue admitida la tutela y se ordenó su notificación a la S. de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Se integró el contradictorio con Ecopetrol S.A. y las demás partes en el proceso laboral ordinario en cuestión (rad. 2013-00504-01).



1. El Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de B. expuso un recuento de las principales diligencias surtida dentro del proceso ordinario laboral objeto de la queja constitucional y remitió el link de acceso al video de las audiencias en donde se profirieron las sentencias de primera y segunda instancia.


2. El vinculado Miguel Ángel Márquez Serrano, actuando en nombre y representación...

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