SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119145 del 05-10-2021 - Jurisprudencia - VLEX 877163141

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119145 del 05-10-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 119145
Fecha05 Octubre 2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Villavicencio
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP13098-2021



J.F.A. VIZCAYA

Magistrado Ponente


STP13098-2021

Radicación No. 119145

(Aprobado Acta No. 261)


Bogotá D.C., cinco (5) de octubre de dos mil veintiuno (2021)


VISTOS


Decide la Sala la impugnación interpuesta por SALVADOR PORTAÑA CRUZ, contra el fallo de tutela proferido el 19 de agosto de 2021 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, que negó la solicitud de amparo interpuesta contra el Juzgado Primero Penal del Circuito de Villavicencio por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales de petición, debido proceso, acceso a la administración de justicia, igualdad y defensa.





ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


Fueron recogidos en la decisión de primera instancia, en los siguientes términos:


S.P.C. indicó que el cinco (5) de noviembre de dos mil veinte (2020) y el quince (15) de febrero de dos mil veintiuno (2021), a través de su defensor, solicitó al Juzgado Primero Penal del Circuito de Villavicencio se fijara fecha y hora para llevar a cabo audiencia de preclusión por haber acaecido el fenómeno jurídico de la prescripción de la acción penal dentro de la actuación con número de radicación 50001-60-00-564-2015-00922-00, sin que a la fecha de presentación de la demanda hubiese obtenido respuesta.



Por lo anterior, solicitó el amparo de los derechos fundamentales invocados y, como consecuencia de ello, se ordene al juzgado accionado proceda a fijar fecha y hora para la realización de la audiencia referida dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del fallo constitucional, pues en nada serviría la fijación de una fecha lejana.



EL FALLO IMPUGNADO


La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio, mediante decisión adoptada el 19 de agosto de 2021, consideró que se constituyó en el presente caso una carencia actual del objeto por hecho superado, por cuanto cesaron los motivos que originaron dicha pretensión, y en consecuencia, ya no existe vulneración o amenaza de derecho fundamental alguno que pueda llevar al juez de tutela a emitir una orden tendiente, a lograr que se adopten las medidas pertinentes para que se imparta trámite a la solicitud de audiencia de preclusión elevada por la parte accionante.



Asimismo, negó el amparo invocado por el accionante frente a la solicitud de programar una fecha próxima para la alegada audiencia de preclusión. Lo anterior, teniendo en cuenta que, el escenario propicio para controvertir las decisiones que se profieran en el curso del proceso penal que cursa en contra del accionante, son ante el mismo juez ordinario.


LA IMPUGNACIÓN


La parte accionante impugnó el fallo proferido en primera instancia, al considerar que si bien el Juzgado Primero Penal del Circuito de Villavicencio programó fecha para realizar la audiencia de solicitud de preclusión -1 de febrero de 2022-; dicha fecha no es cercana y se continuaría con la vulneración de sus derechos fundamentales.


Por lo anterior, solicita que se programe “una fecha fuera dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación (…) por cuanto es una diligencia que no dura más de 15 minutos y la espera para el otro año me perjudica.”.

CONSIDERACIONES DE LA...

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