SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 117844 del 03-08-2021
Sentido del fallo | DEJAR SIN EFECTO JURÍDICO / RECHAZA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | ATP1392-2021 |
Número de expediente | T 117844 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Fecha | 03 Agosto 2021 |
FABIO OSPITIA GARZÓN
Magistrado Ponente
ATP1392 - 2021
Tutela de 2ª instancia No. 117844
Acta No. 194
Bogotá D.C., tres (03) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
VISTOS
Sería del caso resolver la impugnación planteada dentro de la tutela promovida por ESNEIDER FELIPE RODRÍGUEZ, contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de la misma ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales, de no ser porque se advierte que la actuación ha sido promovida por una profesional del derecho que no se encuentra legitimada para actuar.
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Como hechos jurídicamente relevantes se destacan los siguientes:
1. Con el fin de obtener el reintegro al cargo que venía desempeñando, dada la terminación del vínculo laboral el 1º de octubre de 2014, ante la pérdida de capacidad laboral que sufrió como consecuencia de un accidente de trabajo, ESNEIDER FELIPE RODRÍGUEZ promovió demanda laboral ordinaria contra la sociedad Seguridad Atlas Ltda.
2. El asunto correspondió al Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá que, mediante sentencia del 24 de febrero de 2020, absolvió al sujeto pasivo de la litis de las pretensiones de la demanda.
3. Por apelación de la parte demandante, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, revocó parcialmente la decisión de primer grado el 25 de noviembre de 2020, condenó a la sociedad Seguridad Atlas al pago de la indemnización por despido injusto y confirmó en lo demás.
4. Con sustento en la situación fáctica descrita, se allegó correo a nombre de ESNEIDER FELIPE RODRÍGUEZ promoviendo acción de tutela contra la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de la misma ciudad, pues afirma que al negar las pretensiones principales de la demanda ordinaria, se transgredieron los derechos fundamentales al debido proceso, defensa, acceso a la administración de justicia, igualdad y el principio de seguridad jurídica.
A juicio del accionante, la decisión de segunda instancia comporta una vía de hecho por defecto fáctico, ante la indebida valoración probatoria del dictamen proferido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez, lo que en su sentir tuvo un efecto decisivo en la sentencia que reprocha.
5. Por todo lo anterior, solicitó que como medida de restablecimiento de las garantías constitucionales, se adopten los correctivos del caso.
TRÁMITE DE PRIMERA INSTANCIA
Mediante auto de fecha 27 de abril de 2021, la Sala de Casación Laboral admitió la acción constitucional y corrió traslado a las autoridades y entidades accionadas y vinculadas, que se pronunciaron en los siguientes términos:
1. El Juzgado Diecinueve Laboral del Circuito de Bogotá rindió informe sobre las actuaciones adelantadas, advirtiendo que a la fecha se ordenó el...
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