SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002021-02483-00 del 11-08-2021 - Jurisprudencia - VLEX 877516995

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002021-02483-00 del 11-08-2021

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha11 Agosto 2021
Número de expedienteT 1100102030002021-02483-00
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC10082-2021


LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA

Magistrado ponente



STC10082-2021

Radicación n.° 11001-02-03-000-2021-02483-00

(Aprobado en sesión virtual de once de agosto de dos mil veintiuno)


Bogotá, D.C., once (11) de agosto de dos mil veintiuno (2021)


Se decide la tutela impetrada por el ciudadano español, Juan Carlos Vozmediano Sendarrubias, frente a la S. de Casación Penal, los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Justicia y la Fiscalía General de la Nación, con ocasión de la solicitud de extradición al aquí petente, efectuada por el Reino de España, por “(…) tres delitos de agresión sexual (…) un delito continuado de amenazas (…) y un delito de maltrato habitual en el ámbito familiar (…)”, con radicado n°. 58552.


1. ANTECEDENTES


  1. El accionante reclama la protección de sus prerrogativas al debido proceso, salud, libertad e igualdad, presuntamente violentadas por los convocados.


  1. En sustento de su queja, manifiesta, en síntesis, que, el 9 de octubre de 2020 fue detenido en las oficinas de Migración Colombia de Armenia, donde fue informado que era requerido en extradición por los delitos de “amenazas leves y maltrato habitual en el ámbito familiar”.



Asevera que el 22 de febrero de 2021, se acogió a la “extradición simplificada” por encontrar coherente iniciar su defensa frente a los delitos a él endilgados, “que desde [su] plena conciencia, no fueron cometidos y que solo es el resultado de una relación de pareja fallida”.


Refiere que el 16 de marzo de 2021, encontrándose detenido en los calabozos de la subestación de policía de Barcelona - Quindío, fue víctima de tortura por parte de agentes de la Policía Nacional.


Sostiene que, desde principios de mayo de esta anualidad, ha presentado distintos requerimientos solicitando a la homóloga penal, se pronuncie respecto de la “extradición simplificada”, sin que, a la fecha, haya obtenido respuesta alguna, a pesar de haber puesto en su conocimiento el deterioro en su estado de salud, “por cuanto

padece de gota, tiroides y 3 hernias discales”.



3. Manifestando que la Corte ha hecho caso omiso a su situación médica y psicológica, pide, en concreto, se ordene a la S. de Casación Penal, disponer su extradición inmediata al Reino de España.


    1. Respuesta del accionado y vinculados


1. La S. de Casación Penal indicó que, el 21 de julio del año en curso, emitió: i) concepto favorable a la solicitud de extradición en relación con los delitos de “agresión sexual” y “maltrato habitual en el ámbito familiar” y ii) concepto desfavorable en relación con el delito de “amenazas”.


2. La directora de Asuntos Jurídicos Internacionales de la Cancillería de la República, reclamó su desvinculación por falta de legitimación en la causa por pasiva, al no obrar hecho alguno atribuible a dicha entidad, que permita inferir una acción u omisión generadora de amenaza o puesta en peligro de los derechos fundamentales del accionante. En el mismo sentido, se pronunció el director de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia.


3. La procuradora Tercera Delegada para la Casación Penal pidió desatender la solicitud de amparo, por no existir quebranto de derechos o garantías fundamentales, por parte de las autoridades accionadas, por “(…) tres delitos de...

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