SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002021-00856-01 del 11-08-2021
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Fecha | 11 Agosto 2021 |
Número de sentencia | STC10116-2021 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Civil - Familia de Cundinamarca |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | T 1100102030002021-00856-01 |
AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO
Magistrado ponente
STC10116-2021
Radicación n.° 11001-02-03-000-2021-00856-01
(Aprobado en sesión virtual de once de agosto de dos mil veintiuno)
Bogotá, D.C., once (11) de agosto de dos mil veintiuno (2021).
Se decide la acción de tutela instaurada por Rafael Oscar Cortes Robayo contra la S. Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, trámite al cual se vinculó a las partes e intervinientes del proceso objeto de queja constitucional.
ANTECEDENTES
1. El promotor del amparo reclama la protección constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y acceso a la administración de justicia, que dice vulnerados por la autoridad accionada.
Solicita, en consecuencia, se disponga que la Corporación acusada «radique la acción de tutela por defecto sustantivo orgánico presentada el día 1 de febrero de 2021 y reenviada nuevamente el día 16 de febrero del 2021, por solicitud de la oficial mayor de la secretaria del… Tribunal… dando cumplimiento [a] los Acuerdos 201 de 1997, 1412 y 1413 de 2002», ordenando «su trámite correspondiente al igual que las otras tutelas sean tramitadas separadamente y conocidas por diferentes Magistrados porque cada una de ellas cumple con los requisitos de procedibilidad sin importar que el cuaderno de pruebas sea casi el mismo, pues casualmente… lo hi[zo] pensando en que lo anexaría a cada tutela en razón a que las pruebas son contundentes, todas extraídas prácticamente de los mismos procesos».
2. Son hechos relevantes para la definición de este asunto los siguientes:
2.1. Rafael Oscar Cortes Robayo instauró acciones de tutela contra los Juzgados Civil del Circuito, Promiscuo de Familia y Civil Municipal, todos de Ubaté, cuyo conocimiento le correspondió a la S. Civil - Familia del Tribunal Superior de Cundinamarca, la que acumuló las quejas impetradas y en sentencia de 8 de marzo de 2021 del denegó el resguardo impetrado. Esta decisión fue impugnada.
2.2. Indicó el accionante que acumularon las tres tutelas que formuló: i) la 2021-00061 en la que alegaba que se había incurrido en defecto fáctico por omitir la práctica de las pruebas decretadas de oficio en ambas instancias, (ii) la 2021-00062 sobre error jurídico trascendental al demandar un predio que no existía ni hacía parte de la sucesión; y (iii) otra por defecto sustantivo y orgánico, la que fue presentada el 1º de febrero de 2021, pero como se extravió, remitió nuevamente el 16 de febrero siguiente, sin que le hubiesen asignado número de radicación.
2.3. Señaló que propuso las referidas acciones constitucionales porque el juzgador acusado carecía de competencia para «entregar 49 fanegadas 654 metros, cuando su deber era de… solo… 3 fanegadas,… como lo establece la Resolución 041 de 1996, emitida por el (Incoder) y la ley 1561 de 2012…», dentro del proceso agrario de menor cuantía.
2.4. Adujo que inicialmente se admitió la tutela 2021-00061, pero después fue acumulada con la 2021-00062; que no se hizo un estudio técnico y de fondo frente al recaudo probatorio, ni las contestaciones de los acusados e intervinientes; que con la acumulación se favorecía a los accionados y lo perjudicaban a él; y que radicó la respectiva impugnación.
2.5. Sostuvo que después de que su difunta madre les dejara seis bienes relacionados en los inventarios...
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