SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 9451 del 09-09-2003 - Jurisprudencia - VLEX 878303452

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 9451 del 09-09-2003

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 9451
Fecha09 Septiembre 2003
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
SALA DE CASACIÓN LABORAL

SALA DE CASACIÓN LABORAL

L.J.O.L.

Magistrado Ponente

Radicación 9451

Acta 61

Bogotá, D.C., nueve (9) de septiembre de dos mil tres (2003)

Procede la Corte a resolver la impugnación formulada por B.J.R.A. contra la sentencia emitida el pasado 14 de julio por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cartagena dentro de la acción de tutela que la actora le instaurase contra: el gerente nacional y departamental de la Red de Solidaridad Social, al Gobernador de Bolivar, al Alcalde mayor de Cartagena de Indias, al director nacional y regional del Bienestar Familiar, al director regional y nacional del Sena, al director regional y nacional del Inurbe, a la Ministra de Educación, al Ministro de Hacienda, al Instituto Colombiano de Fomento Industrial (programa Propyme, Finurbano) y al Defensor del Pueblo Nacional.

I. ANTECEDENTES

Ante el Tribunal Superior de Cartagena el recurrente instauró acción de amparo contra las autoridades ya citadas al considerar que se le violan los derechos a la vida, a la dignidad personal, a la igualdad, a la salud y a la seguridad social, a la educación, a la vivienda digna, al trabajo, al acceso a la tierra de los trabajadores agrarios y los derechos de los niños.

Aseguró haber tenido que abandonar el corregimiento de San Onofre Sucre) en razón a las diferentes presiones de los grupos alzados en armas, además por el asesinato de su padre; que por ello llegó junto con sus menores hijos de nombres J.R., M.H., E.J. y Yaquelin de 4, 3, 12 y 5 años respectivamente, a la ciudad de Cartagena en donde no cuentan con trabajo, estudio ni vivienda. Precisa que tuvo que arrendar una casa de tabla en el barrio Pozón, pero que le es muy difícil conseguir cupos estudiantiles a más de no contar con recursos económicos para sufragar uniformes, libros, medicinas etc. Afirma haber acudido a la red de solidaridad social de Cartagena en donde se le ha negado cualquier ayuda argumentándosele que no hay plata y se les ha discriminado por ser desplazados. Agrega que están desesperados porque se encuentran en pésimas condiciones de salubridad, no se les ha prestado atención especializada, ni se ha hecho nada en materia de programas productivos que les generen trabajo y así reincorporarse a la sociedad, siendo los niños los mas vulnerados ya que no cuenta con los alimentos necesarios para una buena nutrición, ni se han creado los programas que les permitan vincularse a estudiar en los centros educativos.

Por lo anterior solicita que se le ordene al Alcalde Mayor de Cartagena se le incluya en el sistema de seguridad social a través del sisben y se le afilie a una ARS que les preste los servicios de asistencia médica integral, odontológica, psicológica, quirúrgica, hospitalaria y le suministren los medicamentos que requiera. Que al director de Bienestar Familiar de Cartagena se le ordene incluir a los menores en los hogares comunitarios, se le de atención complementaria como escolares, se les apoye nutricionalmente en los programas de comedores escolares; que al director nacional de la Red de Solidaridad, se le ordene conseguir los recursos para un proyecto productivo para el grupo familiar en la cuantía que establezca la ley 387 de 1997; al director de Sena se le ordene incluirla a ella y a su compañero en programas de capacitación técnica relacionada con el proyecto productivo escogido por ellos; que al director del IFI se le ordene otorgar un crédito para el referido proyecto ; al director de la red de solidaridad social, al ministro de educación, al gobernador de Bolivar y al Alcalde de Cartagena se les ordene elaborar un plan para proveer todos los cupos de preescolar, básica primaria y secundaria que requiere para los menores hijos, sin costo y sin exigírseles los documentos que requieran para ello. Que al gerente nacional y regional del I. se les ordene la aprobación de un subsidio para compra de vivienda o para la construcción de vivienda y que se le incluya en un plan de vivienda de interés social y finalmente, que se le ordene al Defensor del Pueblo ejerza una vigilancia especial a las autoridades accionadas para que cumplan el fallo de tutela.

Admitida la acción, se le dio traslado a los entes accionados que procedieron a ejercer el derecho de defensa así: la defensoria del Pueblo, aseguró que la acción no se dirige contra el legítimo contradictorio ya que no se reprocha omisión alguna de su parte; así mismo se remite a lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Ley 387 de 1997.

El S. General de la Alcaldía de Cartagena informó que la accionante no se halla inscrita en la base de datos del Sisben y que debe esta acudir para solicitar la inscripción, ya que no opera de oficio; que la administración distrital ha realizado gestiones tendientes a la consecución de recursos que permitan brindar la atención a los desplazados en salud, hallándose a la espera de la firma, un convenio administrativo del Fosiga. Agrega que para poder afiliarse a una ARS es necesario que previamente se este sisbenizado y que para ello, es preciso hacer las diligencias pertinentes en la secretaria de planeación distrital y hallarse dentro de los criterios de priorización de beneficiarios señalados en el acuerdo 244 de 2003 del Ministerio de la Protección Social, pero que de todas formas si la accionante se halla en grave estado de salud puede acudir a cualquier ente hospitalario que está en la obligación de atender la urgencia. En cuanto a la educación, señala que se fijó un calendario único para la inscripción de alumnos nuevos y para ello se manejó un formato único de inscripción que debe ser llenado por el interesado y luego pasa a ser analizado por cada colegio oficial, aunque también se cuenta con programas educativos subsidiados con recursos estatales a instituciones privadas para alumnos de niveles 1 y 2 del sisben y con insolvencia económica; agrega que la educación es una responsabilidad compartida entre el Estado, la sociedad y la familia. Que en cuanto al subsidio de vivienda, a través de Corvivienda tiene programas para 100 familias desplazadas y que se adelantan gestiones para conseguir recursos del gobierno español ; que para acceder a dichos programas es necesario tener cuenta de ahorro programado e inscribirse en la base de datos de la entidad, lo que no ha hecho la actora; por lo anterior solicitó se desestimaran las peticiones de la tutelante.

A su vez el Inurbe afirmó que por hallarse en liquidación, no podía asignar subsidios de vivienda de interés social en virtud a lo dispuesto por el Decreto 554 de 2003, correspondiéndole tal actividad al Fondo Nacional de Vivienda.

La Gobernación de Bolivar luego de resaltar que la acción es un formato que han presentado 37 personas diferentes, pasó a señalar que el Distrito Turístico de Cartagena ha implementado un sistema de educación gratuita y que debe probarse que se solicitó el cupo y que este ha sido negado, además que hay que contar con la certificación de ser desplazado para poder lograr la educación gratuita.

La Red de Solidaridad Social por su parte aseguró haber asumido las funciones que realizaba la consejería presidencial para la atención de la población desplazada por la violencia y que su función se limita a coordinar con las autoridades la aplicación de los mecanismos que le permitan brindar asistencia legal y humanitaria a esa franja de ciudadanos, pero no tiene el carácter de ente ejecutor y que la asistencia humanitaria de emergencia se presta ante todo dependiendo de las solicitudes que deben formular los interesados y del diligenciamiento de los formularios que guardan un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR