SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 94473 del 18-08-2021 - Jurisprudencia - VLEX 878304978

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 94473 del 18-08-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 94473
Número de sentenciaSTL11042-2021
Tribunal de OrigenSala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha18 Agosto 2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ

Magistrado ponente


STL11042-2021

Radicación n.° 94473

Acta 31


Bogotá, D.C., dieciocho (18) de agosto de dos mil veintiuno (2021).


La Sala resuelve la impugnación interpuesta por JOSÉ ADÁN PABA VIÑAS contra el fallo proferido el 29 de julio de 2021 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, dentro de la acción de tutela que interpuso contra los JUZGADOS OCTAVO LABORAL DEL CIRCUITO y SEGUNDO MUNICIPAL DE PEQUEÑAS CAUSAS LABORALES, ambos de Barranquilla, trámite al cual fueron vinculados las partes e intervinientes dentro del proceso ordinario laboral de única instancia radicado n.º 2015-00365.


  1. ANTECEDENTES


El gestor del resguardo acudió a esta vía preferente con el propósito de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, igualdad y «prevalencia del derecho sustancial», presuntamente vulnerados por las autoridades judiciales convocadas.


Para soportar su petición de amparo, en síntesis, manifestó que ante el Juzgado Segundo Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Barranquilla instauró demanda ordinaria laboral de única instancia contra la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), con el fin de obtener el reconocimiento y pago del incremento pensional del 14% por compañera a cargo, conforme a lo establecido en el artículo 21 del Acuerdo 049 de 1990, aprobado por el Decreto 758 de 1990.


Por sentencia del 4 de septiembre de 2017, el despacho negó lo perseguido en el escrito inicial, decisión que, a su vez, fue confirmada el 19 de octubre de 2018 por el Juzgado Octavo Laboral del Circuito de Barranquilla en sede de consulta.


Afirmó que los Juzgados accionados no valoraron el interrogatorio de parte ni la declaración de los testigos y se apartaron del precedente jurisprudencial de la Corte Constitucional sobre el tema.


Con sustento en lo anterior, solicitó que se dejaran sin efectos las sentencias proferidas en primera y segunda instancia dentro del referido litigio, para que, en su lugar, se emita nueva decisión de fondo que ordene a Colpensiones el reconocimiento del incremento pensional reclamado.


  1. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


El 9 de julio de 2021 la tutela fue repartida al Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Barranquilla, despacho que por auto de 12 de julio de 2021 la remitió por competencia a la Sala Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla, corporación que por auto de 14 de julio de 2021 la admitió y ordenó notificar a la autoridad judicial accionada y demás vinculados, para que ejercieran su derecho de defensa.


El Juzgado Segundo Municipal de...

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