SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119344 del 19-10-2021
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | T 119344 |
Fecha | 19 Octubre 2021 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cundinamarca |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP14044-2021 |
JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA
Magistrado Ponente
STP14044-2021
Radicación No. 119344
(Aprobado Acta No.273)
Bogotá D.C., diecinueve (19) de octubre de dos mil veintiuno (2021)
Decide la S. la impugnación interpuesta por PABLO NEL C.A., contra el fallo de tutela proferido el 27 de agosto de 2021 por la S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, que declaró improcedente la solicitud de amparo interpuesta contra la Fiscalía Primera Seccional de la Unidad de Vida de G., por la presunta vulneración a su derecho fundamental de petición.
ANTECEDENTES
Y
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Fueron recogidos en la decisión de primera instancia, en los siguientes términos:
El accionante refiere que el 21 de julio de 2021, solicitó a la FISCALÍA PRIMERA SECCIONAL DE GIRARDOT, realizar la audiencia de formulación de imputación dentro de la causa No. 25307600068520180020400, en contra de Uriel Garzón Ortiz, por las conductas punibles de homicidio culposo en concurso heterogéneo con omisión de socorro, por los hechos acaecidos el 17 de abril de 2018, en accidente de tránsito en el que falleció José Adonai Hernández Triviño.
Asevera que a la fecha de interpuesta la acción de tutela el término máximo de duración de la etapa de indagación se encuentra ampliamente superado, sin que la Fiscalía haya adelantado actuación o decisión.
Por lo anterior, pide se ampare su derecho fundamental al debido proceso y se ordene a la entidad accionada adoptar las acciones previstas en la ley.
EL FALLO IMPUGNADO
La S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante decisión adoptada el 27 de agosto de 2021, negó el amparo invocado por la accionante, al evidenciar que, no existe vulneración o amenaza de derecho fundamental alguno que pueda llevar al juez de tutela a emitir una orden tendiente a lograr que se adopten las medidas pertinentes para obtener una respuesta de fondo frente a la solicitud elevada el 21 de julio de 2021, correspondiente a la realización de la audiencia de formulación de imputación dentro del proceso penal 2018-00204.
LA IMPUGNACIÓN
P.N.C.A. impugnó el fallo proferido en primera instancia, al considerar que, si bien la autoridad judicial accionada brindó respuesta a la solicitud elevada el 21 de julio del presente año, no es acertada en derecho tal respuesta.
Lo anterior, teniendo en cuenta que, es errada la postura de la fiscalía...
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