SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119382 del 19-10-2021 - Jurisprudencia - VLEX 878626029

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119382 del 19-10-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 119382
Número de sentenciaSTP14059-2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cartagena
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha19 Octubre 2021



JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

Magistrado Ponente


STP14059-2021

Radicación n.° 119382

(Aprobación Acta No.273)



Bogotá D.C., diecinueve (19) de octubre de dos mil veintiuno (2021)

VISTOS


Decide la Sala el recurso de impugnación interpuesto por el apoderado de LUIS MIGUEL ROMÁN ESPELETA, contra el fallo de tutela proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena el 30 de agosto de 2021, que declaró improcedente la solicitud de amparo formulada contra la Fiscalía 57 Seccional de Turbaco, por la presunta vulneración de su derecho fundamental de petición.






ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


Fueron recogidos en el fallo de tutela de primera instancia, en los siguientes términos:


2.1. Manifiesta el apoderado judicial que, el día veintidós (22) de junio hogaño, radicó derecho de petición ante la Fiscalía 57 Seccional de Turbaco con la finalidad de que se ordenara la expedición de copias de los informes rendidos por la Policía Judicial. No obstante, a la fecha de interposición de este amparo constitucional no obtenido respuesta alguna.


2.2. Por lo anteriormente expuesto, solicita el amparo de sus derechos fundamentales de petición, debido proceso y acceso a la administración de justicia. En consecuencia, se ordene a la Fiscalía 57 Seccional de Turbaco que expida copia de los informes rendidos por Policía Judicial y, a su vez, si de las actividades emergen insumos necesarios para dar inicio a la acción penal y/o restablecer el derecho de las víctimas.


EL FALLO IMPUGNADO


La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, mediante decisión adoptada el 30 de agosto de 2021, declaró improcedente el amparo invocado por la accionante, al evidenciar que se constituyó en el presente caso una carencia actual del objeto por hecho superado, por cuanto cesaron los motivos que originaron la tutela, y en consecuencia, ya no existe vulneración o amenaza de derecho fundamental alguno que pueda llevar al Juez de tutela a emitir una orden tendiente, a lograr que se adopten las medidas pertinentes para que la Fiscalía 57 Seccional de Turbaco, resuelva la solicitud de copias de los informes de policía judicial, elevada por el accionante el 22 de junio de 2021.


LA IMPUGNACIÓN


La parte accionante impugnó el fallo proferido en primera instancia, al considerar que, si bien la Fiscalía 57 Seccional de Turbaco brindó respuesta a la solicitud...

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