SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119652 del 21-10-2021 - Jurisprudencia - VLEX 878626307

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119652 del 21-10-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP14950-2021
Fecha21 Octubre 2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Valledupar
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 119652


DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN

Magistrado ponente


STP14950-2021

Radicación n° 119652

Acta 277.


Bogotá, D.C., veintiuno (21) de octubre de dos mil veintiuno (2021).



ASUNTO


Decide la Corte la impugnación presentada por la accionante KELLY JOHANA RIVERO LORA, contra el fallo proferido el 15 de septiembre del año en curso, por la S. Penal del Tribunal Superior de Valledupar, que negó el amparo de los derechos de petición y debido proceso, presuntamente vulnerados por la Dirección Seccional de F.d.C., trámite al que fueron vinculados, el Juzgado Séptimo Penal del Circuito con
Función de Conocimiento de Valledupar, el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de esa ciudad, el juez coordinador de dicha dependencia, el C. de la Estación de Policía de Manaure Balcón del Cesar, así como las partes e intervinientes dentro del proceso penal1 que se adelanta contra Rafael Ricardo Tarazona Martínez, cuya etapa de juicio adelanta el mencionado despacho judicial de conocimiento.



HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


Los sucesos y pretensiones que motivaron la solicitud de amparo fueron reseñados por el A quo constitucional, de la forma como sigue:



Manifiesta la accionante, que interpuso la presente acción de tutela con el propósito de que, se dé respuesta de fondo a la denuncia que instauró el día 23 de julio de 2020 en el correo electrónico diresec.cesar@fiscalía.gov.co, contra la noticia criminal, en la que el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Valledupar, programó para el 2 de septiembre de 2021, como fecha para celebrar audiencia de formulación de acusación en contra de su cónyuge Rafael Ricardo Tarazona Martínez, por el delito de Acceso Carnal Abusivo con Menor de Catorce Años, pues tacha de falso los hechos narrados por sus menores hijos NNVR y JFVR.


Apunta que, a través de su denuncia se demuestra que, son falsos los hechos narrados por sus menores hijos, así como también lo aseverado por el Policía Judicial que radicó la denuncia y la persona que realizó la revisión de su hija por la supuesta comisión de un delito sexual, quien afirma, fue una enfermera y no el médico especialista de turno, agrega que, los dictámenes de las psicólogas forense sexual para menores de edad, son una garantía de que la niña mintió sobre los hechos materia de investigación, circunstancias estas que señala fueron expuestas en la denuncia objeto del presente trámite constitucional, pero que hasta la fecha, la Directora de la Seccional de Fiscalías del Departamento del Cesar no le ha informado que sucede con la petición radicada como denuncia, pues afirma que ha pasado un año sin que se resuelva lo pedido.


Aunado a ello, precisa que, aportó con la denuncia antes aludida, las pruebas que demuestran que los hechos y pruebas con los cuales la Fiscalía General de la Nación pretende acusar a su cónyuge, son falsos, por lo que considera que el ente acusador debe solicitar oficiosamente su libertad, que además está pendiente por resolver en segunda instancia la decisión sobre la revocatoria de medida de aseguramiento que le fue negada, aun cuando advierte la tutelante que se cumplen los requisitos para que sea concedida la misma, pues estima que su esposo es inocente y se encuentra en esa situación por una narración falsa y apresurada de su menor hija, de tal forma que, arguye que la Fiscalía ni cualquier otra autoridad puede obligarle a ella y a su menor hija a fungir como víctimas de hechos falsos e inexistentes, ni a proseguir con el trámite judicial de los mismos.


Finalmente alega, que en su calidad de cónyuge del señor Rafael Ricardo Tarazona Martínez y madre de los menores N.N.V.R. y J.F.V.R., ha sido afectada por el Estado colombiano a través de la Policía Nacional, dado que un funcionario de dicha institución con engaño la motivó a firmar un documento que expresó, era constancia de acompañamiento policivo y después de dos años ordenaron la captura de su esposo, por una falsa denuncia que sin su consentimiento, libre (sic) y...

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