SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 05000-22-13-000-2021-00189-01 del 27-10-2021 - Jurisprudencia - VLEX 878626721

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 05000-22-13-000-2021-00189-01 del 27-10-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de sentenciaSTC14376-2021
Número de expedienteT 05000-22-13-000-2021-00189-01
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia de Antioquia
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha27 Octubre 2021
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE

Magistrado ponente


STC14376-2021

Radicación nº 05000-22-13-000-2021-00189-01

(Aprobado en sesión de veintisiete de octubre de dos mil veintiuno)


Bogotá, D.C., veintisiete (27) de octubre de dos mil veintiuno (2021)


ANOTACIÓN PRELIMINAR



De conformidad con el Acuerdo n° 034 de 16 de diciembre de 2020 de esta Corporación y en aras de cumplir los mandatos destinados a proteger la intimidad y bienestar de los niños, niñas y adolescentes, en providencia paralela a esta los nombres de las partes involucradas en el presente asunto serán reemplazados por otros ficticios a fin de evitar la divulgación real de sus datos.



Advertido lo anterior, dirime la Corte la impugnación que formuló P.M.S. frente a la sentencia de 27 de septiembre de 2021 proferida por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Antioquia, en la acción de tutela que el recurrente le instauró al Juzgado Promiscuo de Familia y al C. de Familia de Fredonia, extensiva a Y.C.S. y demás intervinientes en el asunto n° 2021-00090-00.



ANTECEDENTES



1.- El libelista solicitó que se le permita aportar pruebas en el proceso de impugnación de paternidad y filiación extramatrimonial que impulsó la Comisaría de Familia de Fredonia a favor del menor C.U., y «no se le condene sin tener en cuenta los argumentos de las partes». También imploró que «se le brinde el acta de reconocimiento, por la cual se otorgó la paternidad del [niño]», y se «permita» al Juez Promiscuo de Familia de Fredonia «actuar e impartir justicia y de ser posible vincular a la Registraduría».



Relató, en lo fundamental, que la citada Comisaría pretende que se le reconozca como padre del pequeño y, además, se le condene a suministrarle alimentos, cuando, de acuerdo con el Registro Civil del menor, E.U.G. es quien tiene esa calidad, amén de que ha intentado solucionar directamente la situación, acudiendo a dicha entidad, pero no ha sido posible.



2.- Las autoridades accionadas solicitaron desestimar el amparo porque el interesado puede defender sus derechos en el proceso.


Los demás implicados guardaron silencio.



3.- El a quo negó el resguardo al considerar que no satisface el presupuesto de subsidiariedad.



4.- El gestor, inconforme, insistió en las rogativas consignadas en el escrito inicial, sin revelar las razones de su discrepancia.



CONSIDERACIO...

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