SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119787 del 12-10-2021 - Jurisprudencia - VLEX 878627626

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119787 del 12-10-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP15390-2021
Número de expedienteT 119787
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha12 Octubre 2021


SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS # 2



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente


STP15390-2021

Radicación# 119787

Acta 269


Bogotá D.C., doce (12) de octubre de dos mil veintiuno (2021).


VISTOS:


Resuelve la Corte la impugnación presentada por el gerente de defensa judicial de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES –COLPENSIONES- respecto de la sentencia proferida el 14 de octubre de 2020 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante la cual negó la acción de tutela interpuesta contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali y el Juzgado 10 Laboral del Circuito de la misma ciudad. Al trámite fueron vinculadas las partes e intervinientes reconocidas al interior del proceso ordinario laboral referido en la demanda.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


En cumplimiento de un fallo judicial, el 26 de marzo de 2014 COLPENSIONES reconoció a J.N.C. pensión de invalidez acorde con el contenido del Decreto 758 de 1990.


Más adelante, el pensionado demandó ante la jurisdicción ordinaria laboral a la entidad accionante con el propósito de obtener el incremento del 14% sobre el valor de la pensión mínima legal consagrado en el artículo 21 del Acuerdo 049 de 1990, aprobado por el Decreto 758 de esa anualidad, desde el 2 de marzo de 2016 hasta su pago efectivo, en razón a que tiene a su cargo a A.D.M., su compañera permanente.


Agotado el trámite correspondiente, en sentencia del 20 de febrero de 2019 el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Cali declaró parcialmente probada la excepción de prescripción y condenó a COLPENSIONES a reconocer los incrementos requeridos a partir del 2 de marzo de 2016, junto con un retroactivo de $7.982.365.


Consultado ese fallo, el 29 de enero de 2020 la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cali confirmó la decisión de primera instancia respecto del reconocimiento de los incrementos y, la modificó, en lo relacionado a la cuantía del retroactivo, fijándolo en $7.411.456.


En criterio de la parte accionante, el Tribunal desconoció que para el momento en que emitió ese proveído la Corte Constitucional ya había expedido la CC SU140-2019, a través de la cual determinó que los incrementos pensionales por persona a cargo quedaron derogados al entrar en vigencia la Ley 100 de 1993. A la par, destacó que dicha sentencia vulneró la sostenibilidad financiera del sistema pensional.


Su pretensión es que se deje sin...

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