SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119258 del 28-09-2021 - Jurisprudencia - VLEX 878627953

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119258 del 28-09-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 119258
Número de sentenciaSTP15362-2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Barranquilla
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha28 Septiembre 2021




FABIO OSPITIA GARZÓN

Magistrado Ponente


STP15362 - 2021

Tutela de 2ª instancia No. 119258

Acta No. 254


Bogotá D.C., veintiocho (28) de septiembre de dos mil veintiuno (2021).


ASUNTO


La S. resuelve la impugnación interpuesta por K.M. lbáñez, quien dice actuar en representación del ciudadano ORLANDO MEDINA PERTUZ, contra la providencia proferida el 3 de agosto de 2021 por la S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, que declaró improcedente la acción de tutela promovida contra el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de la misma ciudad y la S. Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura, por falta de legitimación en la causa por activa.


ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


Como hechos jurídicamente relevantes se destacan los siguientes:


1. La Fiscalía 58 Unidad de Patrimonio Económico de Barranquilla conoce de la investigación adelantada contra Joaquín Bermúdez Leones y J.P.P., por la presunta comisión de los tipos penales de fraude procesal y estafa, entre otros, despacho ante el cual el 14 de octubre de 2020 la apoderada judicial de ORLANDO MEDINA PERTUZ solicitó la fijación de la fecha y hora para la audiencia de formulación de imputación e información sobre el estado de las diligencias.


1.1 Ante la ausencia de respuesta, O.M.P. instauró acción de tutela. Mediante fallo del 7 de diciembre de 2020, la S. Penal del Tribunal Superior de Barranquilla amparó el derecho de petición y ordenó a la aludida fiscalía resolver de fondo la solicitud.


1.2. El 16 de diciembre de 2020, Fiscalía 58 Unidad de Patrimonio Económico de Barranquilla presentó ante el Centro de Servicios Judiciales del SPA de la misma ciudad, solicitud de audiencia de formulación de imputación (SPOA 08001600125720190283).


1.3. Ante la tardanza en la programación de la diligencia, el 7 de mayo de 2021 la apoderada judicial de ORLANDO MEDINA PERTUZ replicó la petición de la fiscalía ante la aludida dependencia, sin que, a la fecha de la interposición de la tutela, hubiese recibido respuesta.


2. De otra parte, se tiene que el 5 de julio de 2019 correspondió a la S. Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Barranquilla conocer de la queja disciplinaria presentada por ORLANDO MEDINA PERTUZ contra el abogado J.L.P.P.(.. 08001110200020190076400), por varias irregularidades cometidas dentro del proceso ejecutivo No. 2018210 que cursó en el Juzgado 1° del Circuito de Barranquilla.


Refiere Kassim Medina lbáñez que, transcurridos dos años desde la presentación de la queja por parte de ORLANDO MEDINA PERTUZ, el Consejo Seccional no ha notificado de ninguna actuación dentro del proceso de la referencia, siendo esta otra entidad del Estado que está revictimizando a su padre, apartándose de aplicar el principio de celeridad, máxime que el abogado denunciado continúa en ejercicio profesional.


3. Kassim Medina lbáñez, quien dice actuar en representación de ORLANDO MEDINA PERTUZ, solicitó:


“PRIMERO: TUTELAR los derechos fundamentales AL DERECHO DE PETICIÓN -DEBIDO PROCESO Y AL ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA de mi padre O.M.P., ordenando al accionado CENTRO DE SERVICIOS JUDICIALES DE JUZGADOS PENALES DE BARRANQUILLA, programe AUDIENCIA DE FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN dentro de la investigación que adelanta la Fiscalía 58 Unidad de Patrimonio Económico, Spoa 080016001257201902837.


SEGUNDO: En consecuencia, de lo anterior, se ORDENE al centro de servicio indicar hora, fecha, y despacho al que corresponda tramitar la correspondiente audiencia de Formulación de Imputación.


TERCERO: ORDENAR AL CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA -SALA DISCIPLINARIA, continuar con la investigación radicada 08001110200020190076400, FIJANDO FECHA Y HORA para audiencia de calificación del investigado Dr. J.L.P..


CUARTO: EXHORTAR a las accionadas, indicándoles que la víctima dentro de las investigaciones es un sujeto de especial protección por parte del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR