SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 120293 del 02-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 878627996

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 120293 del 02-11-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 120293
Fecha02 Noviembre 2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP14634-2021



JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

Magistrado Ponente


STP14634-2021

Radicación nº 120293

Acta n° 286



Bogotá, D.C., dos (2) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).


ASUNTO


Se pronuncia la S. acerca de la impugnación formulada por J.M.R., contra sentencia de 10 de junio del 2021, a través de la cual la S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, declaró improcedente el amparo constitucional invocado contra la Fiscalía 24 Seccional de la Dirección Especializada contra la Corrupción de Bogotá, por la presunta vulneración de derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y buen nombre.

A la actuación fueron vinculados como terceros con interés legítimo, las Direcciones Seccional y de Asuntos Jurídicos de la Fiscalía General de la Nación.


PROBLEMA JURÍDICO PARA RESOLVER


Corresponde a la S. determinar si la Fiscalía 24 Seccional de la Dirección Especializada contra la Corrupción, vulneró los derechos fundamentales del actor, al no pronunciarse a la fecha sobre su participación en la indagación radicada con número 1100160001012012000066, adelantada en su contra por el presunto delito de peculado por apropiación.


ANTECEDENTES PROCESALES


Mediante auto de 28 de mayo de 2021, la S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, avocó conocimiento de la acción y ordenó correr traslado de la demanda a las partes accionadas y vinculados con el fin de garantizarles sus derechos de defensa y contradicción.


Proferido el fallo y concedida la alzada, el Tribunal Superior de Bogotá, remitió el asunto a esta Corporación a través de correo electrónico del 25 de octubre de 2021, el que fue asignado por reparto a esta S. el pasado 26 de octubre.





RESULTADOS PROBATORIOS


1. La Fiscalía Seccional Dirección Especializada contra la Corrupción de esta ciudad, reseñó los hechos jurídicamente relevantes objeto de investigación penal e indicó que, desde el año 2012 con apoyo de Policía Judicial ha venido desarrollando un programa metodológico, el que si bien se ha extendido en el tiempo no obedece al capricho de los servidores públicos sino a la evidente complejidad del tema de prueba, en tanto el trasfondo es la presunta financiación de campañas políticas con dineros que, en principio se otorgaron a través de líneas de crédito a 128 floricultores, entre personas naturales y jurídicas.


Resaltó que, si bien el legislador ha establecido unos límites temporales a la fase de indagación, no suprime las facultades investigativas de la Fiscalía General de la Nación en obtener eficazmente los elementos materiales probatorios de la que se infiera razonablemente que la persona indiciada es autor o participe de la conducta punible.


Refirió que, el accionante fue escuchado en interrogatorio, no obstante, ello no significa que haya obtenido la calidad de imputado, condición procesal que adquiere con la formulación de imputación, lo cual no ha tenido lugar, en atención a la extensa foliatura (15 mil folios) expediente que ocupa 3 anaqueles contentivo de documentos, informes, inspecciones, entre otros, el que deberá examinarse en contexto a fin de emitir un pronunciamiento.

Mencionó que, la tardanza en adelantar la investigación se encuentra justificada, teniendo en cuenta « la complejidad del tema de prueba; en la recaudación y análisis de documentos y EMP; en la dificultad para realizar reuniones de trabajo con los...

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