SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 120350 del 23-11-2021
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | STP15972-2021 |
Fecha | 23 Noviembre 2021 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cartagena |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de expediente | T 120350 |
STP15972-2021 Radicación N.° 120350 Acta 306
Bogotá D. C., veintitrés (23) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
VISTOS
Se pronuncia la Sala sobre la impugnación instaurada por YEISON ANDRÉS RAMÍREZ frente al fallo de tutela proferido el 14 de octubre de 2021, por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA, mediante el cual negó el amparo dirigido contra el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de la misma ciudad.
Al trámite fue vinculado el Juez Coordinador del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Cartagena.
Así los reseñó la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena:
“Señala el accionante, quien se encuentra privado de la libertad en la Cárcel San Sebastián de Ternera de esta ciudad, que el día 08 de septiembre de la presente anualidad, elevó solicitud ante el Juzgado hoy accionado, solicitándole el envió [sic] de la sentencia condenatoria proferida el día 21 de febrero del 2019 ante los Jueces ejecutores de esta ciudad, sin embargo, asegura el actor que hasta la fecha de presentación de esta demanda de amparo no tiene juez ejecutor que vigile su condena, circunstancia que le impide presentar la solicitud de libertad condicional a la que considera tener derecho.
Por lo anterior, asegura que solicitud en concreto es que “me asignen juzgado de ejecución de penas”.
EL FALLO IMPUGNADO
El Tribunal Superior de Cartagena negó el amparo invocado, tras advertir que, el 8 de octubre de 2021, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Cartagena envió el expediente del proceso penal rad. 130016000000-2019-00015 al Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de esa ciudad, para el correspondiente reparto ante los jueces ejecutores, lo que comporta la carencia actual del objeto de la presente demanda constitucional.
No obstante, evidenció que el actor aún no cuenta con juez natural que vigile su pena, pues el Centro de Servicios accionado se encuentra ejecutando los trámites previos al envió del expediente a el correspondiente juez ejecutor.
Por lo anterior, conminó a tal Centro de Servicios para que, en el menor tiempo posible, realice el reparto de las diligencias entre los Jueces de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba