SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 95717 del 07-12-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879203877

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 95717 del 07-12-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaSTL17197-2021
Fecha07 Diciembre 2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Medellín
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 95717
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


FERNANDO CASTILLO CADENA

Magistrado ponente


STL17197-2021

Radicación n.° 95717

Acta Extraordinaria 77


Bogotá, D.C., siete (7) de diciembre de dos mil veintiuno (2021)


Decide la Sala la impugnación interpuesta por JUAN DAVID OSORIO GONZÁLEZ contra la decisión proferida el 29 de octubre de 2021 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín dentro de la acción de tutela que promovió frente al JUZGADO ONCE LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, asunto al que se vinculó a la EPS Y MEDICINA PREPAGADA SURAMERICANA S.A., a PROFESALUD CTA y a SERVICIOS DE SALUD IPS SURAMERICANA S.A


I. ANTECEDENTES


La parte accionante acudió a este mecanismo excepcional en procura de que se le protejan sus derechos fundamentales “a no ser tratado de manera cruel, a recibir protección real y efectiva del estado por encontrarme en condiciones de debilidad manifiesta por mi situación económica actual, a mi buen nombre crediticio, al debido proceso, a recibir en condiciones dignas y justas la remuneración por el trabajo que honestamente realicé (…) además los derechos fundamentales de mis niños”.


Indicó que, desde el 4 de noviembre de 2003 hasta el 1° de abril de 2008, trabajó como médico para las empresas I.P.S. INTERSALUD S.A. “INTERSALUD S.A.”, luego I.P.S. PUNTO DE SALUD S.A. ASISTENCIA MÉDICA Y ODONTOLÓGICA “I.P.S. PUNTO DE SALUD S.A.” y hoy SERVICIOS DE SALUD IPS SURAMERICANA S.A. y EPS Y MEDICINA PREPAGADA SURAMERICANA S.A. E. P. S. SURA, “quienes de manera fraudulenta, disfrazaron dicho contrato laboral, mediante “CONVENIO INDIVIDUAL DE TRABAJO ASOCIADO” a través de “PROFESALUD PRECOPERATIVA” entidad que utilizaron como intermediaria para defraudarme en mis derechos laborales”.


Que promovió proceso laboral para que se declarara la existencia del vínculo laboral y se condenara a las demandadas al pago de acreencias laborales; el cual se tramitó en ambas instancias, se presentó recurso extraordinario de casación y no prosperó, el 1° de septiembre de 2021.


Precisó que, en cumplimiento parcial de la sentencia, la pasiva hizo 2 consignaciones a órdenes de este proceso en el Juzgado Once Laboral del Circuito de Medellín, por un valor de $181.527.659; sin embargo, no se canceló la totalidad de la condena.


Que, el 28 de septiembre de 2021, solicitó la entrega del dinero abonado por uno de los demandados; asimismo, frente al pago de la obligación de aportes al Sistema de Seguridad Social en Pensiones, era claro que no contaba con la información de las planillas que requería la demandada Servicios de Salud IPS SURAMERICANA S.A., para el acatamiento del fallo, pero que tampoco se podía condicionar ello, por lo que aseguró que solo se trataba de “un pretexto para dilatar el pago de la sentencia, que ya la empezaron a pagar a cuenta gotas”.


Dijo que, el 4 de octubre de la misma anualidad...

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