SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 98752 del 07-06-2018
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | T 98752 |
Fecha | 07 Junio 2018 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP7567-2018 |
STP7567-2018
Radicación n° 98752
Acta 184
Bogotá, D.C., siete (7) de junio de dos mil dieciocho (2018)
ASUNTO
Resolver la impugnación presentada por Carlos Alberto Dimaté Alejo, respecto del fallo proferido el 9 de mayo del año en curso por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, a través del cual negó la acción de tutela interpuesta en contra de la Fiscalía 372 Seccional de esa misma ciudad, trámite que se extendió a la Defensoría del Pueblo, por la presunta violación de los derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia.
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LA DEMANDA
Los hechos que soportan la petición de amparo los compendió el Tribunal en los siguientes términos:
“Adujo el accionante que el 4 de septiembre de 2016 fue asesinado el joven B.S., razón por la cual la Fiscalía 372 Seccional inició el proceso respectivo, aunque consideró que ese despacho “no se ha dignado tomar el caso del homicidio de mi hijo con seriedad y dignidad o en otras palabras quiero decir que no ha hecho absolutamente nada con respecto a la investigación y a la respectiva detención del sindicado”.
Aseguró que hasta el momento de interponer esta acción, la demandada no ha presentado el escrito de acusación ante el juez de conocimiento y contesta con evasivas frente a sus requerimientos de información, por lo que estimó vulnerados los derechos invocados y solicitó relevar al fiscal que actualmente conoce del caso.
Afirmó haber acudido ante la Defensoría del Pueblo para obtener la designación de un abogado que lo represente como víctima, pero allí le han manifestado que “el Fiscal hace las veces del mismo Defensor del Pueblo”, mientras que en el despacho del ente acusador le han indicado que la mencionada entidad debe proporcionarle la asesoría de un profesional del derecho.”
La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá negó el amparo por las siguientes razones:
1. Luego de consignar aspectos relacionados con las facultades y obligaciones que le asiste a la Fiscalía General de la Nación, precisó que, contrario a la afirmado por el actor, la fiscalía que lleva a cabo la investigación por la muerte de su hijo, ha adelantado diversas labores investigativas dirigidas al esclarecimiento de la verdad de lo ocurrido y la identidad del autor responsable, que si bien el asunto no se...
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