SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 113711 del 09-12-2020 - Jurisprudencia - VLEX 879208592

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 113711 del 09-12-2020

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP12414-2020
Fecha09 Diciembre 2020
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Buga
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 113711




SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS 2



HUGO QUINTERO BERNATE

Magistrado Ponente



STP12414-2020

R.icado 113711

Acta No. 264



Bogotá, D.C., nueve (9) de diciembre de dos mil veinte (2020).



VISTOS:


La S. resuelve la impugnación interpuesta por H.R.A., contra el fallo proferido, el 3 de noviembre del año en curso, por la S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Guadalajara de Buga, mediante el cual negó el amparo constitucional para los derechos fundamentales al debido proceso administrativo, a la igualdad, acceso a cargos, a la función pública a la buena fe y a la seguridad jurídica supuestamente conculcados por la Fiscalía General de la Nación.


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Los hechos fueron resumidos por el Tribunal a quo de la siguiente manera:



El señor H.R.A., afirmó que la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dio apertura a concurso abierto de méritos para proveer 1.716 empleos de carrera en esa entidad, proceso que se reguló por medio del acuerdo No. 001 de 2006 y del que se derivaron las Convocatorias No. 001, 002, 003, 004, 005, 006, 007, 008, 009, 010, 011, 012, 013, 014, y 015 de 2008.


Refiere que se inscribió en la Convocatoria No. 015, en el cargo A.I.I, Grupo 1 donde ocupó el puesto 106 de 42 vacantes ofertadas y en la Convocatoria No. 015, en el cargo A.I. Grupo 2 donde ocupó el puesto 106 de 87 cargos ofertados; culminando cada una de las etapas del concurso.


Aduce que actualmente se encuentra como elegible para un cargo con la denominación de A.I., lo que le da derecho a que se nombre en un cargo similar al que se presentó; pese a lo anterior la FGN en ningún momento le ha realizado el ofrecimiento ni lo ha nombrado en periodo de prueba con los cargos ofertados y con los no ofertados.


Señala que ha presentado varios derechos de petición ante la FGN, los cuales han sido resueltos, la última petición fue en abril de 2019, donde solicitó información respecto de los empleos ofertados denominados AUXILIAR I, ante lo cual el día 05 de junio de 2019 la FGN mediante radicado No. 2019300006571 da respuesta a la petición donde le informan cuantos nombramientos provisionales habían dentro de los 87 cargos ofertados en la convocatoria 015 grupo 2 y que solamente posesionaron 44 concursantes quedando 43 cargos desiertos y dentro de los 61 cargos ofertados en la convocatoria 015 grupo 23 solamente posesionaron 26 concursantes, quedando 38 cargos desiertos y donde en la misma respuesta informaron que, en total revocaron 142 cargos con la denominación A.I..


Finalmente, solicita que a través de esta acción de tutela se le nombre en uno de los cargos que no fueron provistos, pues es obligación de la FGN de realizar su nombramiento en periodo de prueba en un cargo similar al que concursó”.




TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA


Por auto del 21 de octubre de 2020, la S. admitió la demanda y corrió el traslado respectivo al sujeto pasivo, disponiendo la vinculación de las demás personas con interés, la Comisión especial de Carrera de la Fiscalía General de la Nación y los participantes de la Convocatoria 015 de 2008, particularmente aquellos que se inscribieron para el cargo Auxiliar I.


1. La Fiscalía General de la Nación, hizo un recuento de las Convocatorias 001 a 015 del 26 de junio de 2008 mediante las cuales ofertó 1716 empleos del área financiera y administrativa de la entidad.


Explicó que luego de aplicar las pruebas y conocer los resultados, la Comisión de la Carrera Especial de la institución, el 13 de julio de 2015 expidió y publicó el registro definitivo de elegibles para proveer los empleos disponibles.


Que según los artículos 67 de la Ley 938 de 2004 y 22 del Acuerdo 001 de 2006, se hizo la provisión de cargos en estricto orden descendente del listado, acorde con el puntaje obtenido por los participantes.


Puntualizó, acerca del caso particular del accionante, que de acuerdo con la información suministrada por la Subdirección de Apoyo a la Comisión de la Carrera Especial de la...

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