SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 11001-02-03-000-2021-04339-00 del 07-12-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879217302

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 11001-02-03-000-2021-04339-00 del 07-12-2021

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha07 Diciembre 2021
Número de expedienteT 11001-02-03-000-2021-04339-00
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC16604-2021


HILDA GONZÁLEZ NEIRA

Magistrada Ponente


STC16604-2021

Radicación n° 11001-02-03-000-2021-04339-00

(Aprobado en sesión virtual de siete de diciembre de dos mil veintiuno)


Bogotá, D.C., siete (7) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).


Se resuelve la tutela que V.M.R.A. instauró en contra de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de S.M. y la Inspección de Policía Sur Casa de Justicia de la misma ciudad, extensiva a los Juzgados Quinto Civil Municipal y Cuarto Civil del Circuito de esa sede, M.A.B., A.C. y Clarissa Paola Altahona Medrano, O.M.M.O., la Defensoría del Pueblo – S.M. y demás intervinientes en los consecutivos 2020-00118 y 2021- 00007.


ANTECEDENTES


1.- El gestor, en nombre propio, reclamó la protección de los derechos al «debido proceso, defensa, acceso a la administración de justicia, igualdad y petición, en conexidad con la propiedad privada, trabajo y vivienda dignada» para que se ordenara:

a).- A la Magistratura acusada, pronunciarse «sobre la impugnación del fallo de tutela proferido por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de S.M. (…)»;


b).- A la Inspección de Policía: i)- «anular y dejar sin efecto toda la actuación de fecha 4 y 5 de agosto de 2021, dentro del procedimiento que DENOMINÓ “Diligencia que afecta la integridad urbanística” la cual culminó con el desalojo y demolición de la construcción en el predio en mi posesión por más de 20 años (…)»; ii)- «cesar los actos de vulneración de derechos fundamentales en mi contra, en calidad de poseedor, y resarcir los perjuicios económicos causados en diligencia de desalojo y demolición de mi construcción (…)»; iii)- «Que se me garantice mi posesión del predio, por parte de la Inspección de Policía Sur, hasta tanto no culmine el referido proceso Verbal de Pertenencia con radicación No. 47-001-40-53-005-2020-00118-00 que cursa ante el Juzgado 5º Civil Municipal de S.M. (…)»; y,


c).- A la Defensoría del Pueblo: i) «adoptar los correctivos necesarios para garantizar una especial protección al suscrito y a mi familia, con el fin de impedir que en adelante se reincida el desalojo forzoso del predio objeto de mi posesión (…)» y, ii) «(…) me acompañe, por efectos de la nulidad de la actuación de la Inspección de Policía Sur de S.M. en diligencia del día 5 de Agosto de 2021, a retomar la posesión (…)».


En compendió adujo que el 20 de enero de 2018 presentó ante la citada Inspección «querella por perturbación a la posesión» contra O.M.M.O. y sus hijas A.C. y C.P.A.M., debido a que «amenazaron con derribar e ingresar a las malas a la mejora ubicada en lote terreno en mi posesión desde hace más de 18 años en esa oportunidad, cuyo inmueble tiene la nomenclatura urbana número calle 29 H3 Nº 21B56 Urbanización Villa Marbella de la ciudad de S.M.», a la cual no dio trámite; pero, esa autoridad «inusitadamente avocó el conocimiento de la querella civil policiva por perturbación a la propiedad instaurada por la señora A.C.A.M. en contra de MARÍA ARAUJO BOLAÑO, siendo que el poseedor del predio objeto de la nueva querella, es el...

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