SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 119385 del 02-11-2021
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 02 Noviembre 2021 |
Número de expediente | T 119385 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de San Gil |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP16832 - 2021 |
FABIO OSPITIA GARZÓN
Magistrado Ponente
STP16832 - 2021
Tutela de 2ª instancia No. 119385
Acta No. 286
Bogotá D.C., dos (02) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
ASUNTO
Resolver la impugnación interpuesta por LUIS GIOVANY HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ contra el fallo proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior de San Gil el 31 de agosto de 2021, que negó el amparo constitucional invocado contra la Fiscalía 3ª Seccional de Cimitarra (Santander) y la Fiscalía General de la Nación, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales de petición y buen nombre.
Fue vinculado en primera instancia, como tercero con interés legítimo en el asunto, el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Cimitarra.
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
De la demanda y los informes rendidos, se destacan como hechos jurídicamente relevantes los siguientes:
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En audiencia preliminar del 4 de febrero de 2021, el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Cimitarra (Santander) dentro de la actuación con radicado 681906000139202100039, declaró ilegal la captura en flagrancia de LUIS GIOVANY HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ – aquí tutelante-, y ordenó su libertad inmediata.
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En la misma fecha, la Fiscalía Tercera Seccional de ese lugar imputó al implicado el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.
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El 4 de junio del año en curso, el accionante solicitó al ente investigador que, i) le expidiera copia de los informes de policía judicial que se presentaron ante el juez de control de garantías, con las solicitudes de las audiencias preliminares de legalización de captura, imputación e imposición de medida de aseguramiento realizadas en virtud de la actuación seguida en su contra, junto con el registro del audio de dichas diligencias, ii) le informara cuál fue el fundamento jurídico para que continuara gozando de su libertad, y iii) cancelara la anotación que reposa en su contra en el sistema de información de la Fiscalía General de la Nación para el Sistema Penal Oral Acusatorio – SPOA.
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El accionante asegura que la Fiscalía Tercera Seccional de Cimitarra no ha dado respuesta a cada una de las peticiones elevadas en el escrito del 4 de junio último, pues únicamente le permitió tomar copia de los informes de Policía Judicial, mostrando evasivas en relación con los otros puntos de su petitorio.
En consecuencia, pretende que, en garantía de sus derechos fundamentales de petición y buen nombre, se ordene a la fiscalía accionada resolver de fondo lo solicitado en el referido escrito, y cancele la anotación que reposa en el sistema SPOA de la Fiscalía General de la Nación de la investigación que abrieron en su contra.
RESPUESTA DE LAS AUTORIDADES ACCIONADAS Y VINCULADAS
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El Fiscal Tercero Seccional de Cimitarra, precisó que la actuación adelantada contra el accionante se encuentra activa, en estado de investigación.
Indicó que, con oficios del 16 de julio y 20 de agosto de 2021, dio respuesta a cada una de...
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