SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 120283 del 11-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879252665

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 120283 del 11-11-2021

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 120283
Número de sentenciaSTP15956-2021
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha11 Noviembre 2021


DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN

Magistrado ponente


STP15956-2021

Radicación n° 120283

Acta 296.


Bogotá, D.C., once (11) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).


ASUNTO


La Sala resuelve la acción de tutela presentada por H.F.R., contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta, así como los Juzgados 8 Penal Municipal con función de control de garantías de Cúcuta y Promiscuo Municipal de Á., por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, propiedad privada e igualdad.


Al trámite fueron vinculadas las partes e intervinientes en la causa rotulada con el n° 54-498-60-01132-2021-01469-00.



HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


De acuerdo con el libelo introductorio y las pruebas obrantes en el expediente, se verifica que el actor solicitó la entrega «provisional y/o definitiva» de su vehículo, identificado con placas SRR919,1 al interior de la causa rotulada con el n° 54-498-60-01132-2021-01469-00. Tal rodante estuvo involucrado en un accidente de tránsito, donde resultó una persona muerta (su hijo, quien conducía el mismo).


Dicha postulación inicialmente correspondió al Juzgado 8 Penal Municipal con función de control de garantías de Cúcuta, quien rehusó la competencia para tramitar el asunto, en audiencia de 11 de octubre de 2021. Explicó que los hechos ocurrieron en Á. (Santander) y como no hubo oposición, remitió las diligencias al juzgado de esa territorialidad.


Por su parte, el Juzgado Promiscuo Municipal de Á. también rehusó la competencia, en vista pública de 13 de octubre de 2021, con base en el Acuerdo CSJNS2021-071.2 Así, remitió el asunto a la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta, para que definiese la competencia para ventilar la postulación del interesado.


El memorialista se duele porque tal solicitud no ha sido resuelta por la administración de justicia, pese a que el mencionado vehículo es su único medio de subsistencia.


C. de lo anterior, Helí Fernández Rodríguez pide el amparo de sus derechos fundamentales invocados. En consecuencia, se ordene a quien corresponda «emitir el dictamen correspondiente y acomode la entrega del vehículo automotor». (sic)


INFORMES


Un magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta manifestó que dicho cuerpo colegiado asignó la competencia para llevar a cabo la audiencia preliminar de entrega de vehículo dentro del proceso radicado con el n°...

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