SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 95571 del 24-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896232656

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 95571 del 24-11-2021

Sentido del falloREVOCA DECLARA IMPROCEDENCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha24 Noviembre 2021
Número de expedienteT 95571
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL16483-2021

I.M.L.G.

Magistrado ponente

STL16483-2021

Radicado n.° 95571

Acta 45

Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).

La Corte decide la impugnación que I.L.D.S.M.L. interpuso contra el fallo que la homóloga Sala de Casación Civil de esta Corporación profirió el 6 de octubre de 2021, en el trámite de la acción de tutela que la recurrente promovió contra la SALA DE CASACIÓN PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA y la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ.

I. ANTECEDENTES

La convocante promovió la acción de tutela, con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, la defensa e igualdad.

Para respaldar su solicitud, afirmó que el 18 de mayo de 2018 se entregó a las autoridades, tas conocer la orden de captura que pesaba en su contra por la presunta comisión de los delitos de prevaricato por acción en concurso homogéneo y heterogéneo, y cohecho.

Manifestó que los días 21 y 22 de mayo de 2018 se llevó a cabo la audiencia de imputación y, según su negociación previa con la Fiscalía, se allanó a los cargos «en espera de una pena benigna y una rebaja». De igual forma, dicha aceptación se ratificó en audiencia de verificación de allanamiento y acusación que se realizó el 22 de mayo y el 10 de junio de 2019.

Adujo que, en dichas oportunidades, el Fiscal 68 Delegado ante el Tribunal y el Juez Segundo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Bogotá no le informaron que la reducción de la pena estaba condicionada a la devolución del dinero objeto del ilícito, «pues de haberlo sabido jamás me allano».

Narró que, mediante sentencia de 28 de agosto de 2019, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá la condenó a 335 meses y 10 días de prisión como autora de los delitos de prevaricato por acción en concurso homogéneo y heterogéneo, y cohecho, decisión que la homóloga Sala de Casación Penal confirmó en sentencia de 16 de septiembre de 2020.

Cuestionó las decisiones de las autoridades judiciales encausadas, pues considera que la condena que le impusieron se fundó en «allanamiento ilegal, espurio, debido que me atropellaron en él y no se me informó debidamente de las consecuencias que trae el no restituir el incremento que ordena el artículo 349 C.P.P.».

De acuerdo a lo anterior, solicita la protección de sus derechos fundamentales y que se dejen sin efecto jurídico las providencias de 28 de agosto de 2019 y 16 de septiembre de 2020, al igual que la audiencia de verificación del allanamiento y acusación. En su lugar, se ordene a las autoridades encausadas rehacer las actuaciones «de conformidad con las normas procesales».

  1. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA

La acción de tutela se instauró el 24 de septiembre de 2021 y la Sala de Casación Civil de esta Corte la admitió mediante auto de 27 de septiembre de 2021, a través del cual corrió traslado a las autoridades judiciales encausadas para que ejercieran su derecho de defensa y vinculó a las partes e intervinientes en los procesos que motivaron la interposición de la presente queja constitucional.

En el término de traslado, el Fiscal 68 Delegado ante el Tribunal de Bogotá manifestó que, junto con el Juez de control de garantías informó a la proponente que la aceptación de los cargos conllevaba la rebaja de la pena hasta la mitad, siempre y cuando devolviera el dinero objeto del ilícito, esto es, la suma de $84.000.000.000, lo que no ocurrió; de ahí que la pena impuesta en las instancias estuviese desprovista de descuentos punitivos.

Agregó que la actora inició otra acción de tutela para obtener la rebaja de pena, la cual se desestimó en primera y segunda instancia.

Un Magistrado de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia defendió la legalidad de las decisiones de la Corporación y expresó que la solicitud de amparo constitucional contra sentencias de la misma índole es improcedente.

La Fiduprevisora S.A. y la Nación – Ministerio de Educación Nacional, solicitaron su desvinculación por considerar que carecen de legitimación en la causa por pasiva.

Luego de surtirse dicho trámite, la Sala de Casación Civil, mediante fallo de 6 de octubre de 2021, negó la protección constitucional, al advertir que la proponente promovió otra acción de tutela con anterioridad para obtener una rebaja punitiva, en la que, además, censuró las mismas providencias que cuestiona en este...

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