SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 96447 del 16-02-2022 - Jurisprudencia - VLEX 898626828

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 96447 del 16-02-2022

Sentido del falloCONFIRMA IMPROCEDENCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha16 Febrero 2022
Número de expedienteT 96447
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL1785-2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



LUIS BENEDICTO HERRERA DÍAZ

Magistrado ponente


STL1785-2022

Radicación n.° 96447

Acta 05


Bogotá, D. C., dieciséis (16) de febrero de dos mil veintidós (2022).


La Sala resuelve la impugnación interpuesta por JORGE ENRIQUE GARZÓN RIVERA contra la sentencia proferida el 17 de enero de 2022, por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, dentro de la acción de tutela que interpuso N.J.C.P. contra el JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO de esta capital, trámite al que fueron vinculados el Grupo de Depósitos Judiciales de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá, el Banco Agrario SA, Vital Life LTDA. y Jorge Enrique G. Rivera.


  1. ANTECEDENTES


La accionante del presente resguardo lo orientó a obtener la protección de las garantías superiores al debido proceso y acceso a la administración de justicia, presuntamente vulneradas por la autoridad judicial accionada.


Del escrito de tutela y la documental adosada al plenario, es posible extraer que la accionante contrató los servicios profesionales del abogado J.E.G.R., con el fin de promover demanda ordinaria laboral en contra de Vital Life LTDA, asunto que le correspondió al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bogotá.


La accionante indicó que pese a que por más de ocho años le solicitó informe al abogado del estado de su proceso, nunca obtuvo la información requerida y que siempre le contestaba con «evasivas». Por lo anterior, buscó asesoría en diferentes consultorios jurídicos y en uno de éstos le redactaron un derecho de petición dirigido al Banco Agrario en el que solicitó información de la existencia de títulos judiciales consignados a su favor, en respuesta, el Banco le informó de la existencia de sendos títulos judiciales y que para su pago debían obtener la autorización del Juzgado accionado.


En vista de lo anterior, el 14 de octubre de 2021 la petente solicitó vía correo electrónico al juzgado, la entrega de títulos judiciales por un valor de más de $42’000.000.00 y el 25 siguiente le solicitó la revocatoria del poder al abogado G. por «abandono del proceso, desinterés y deslealtad».


La accionante indicó que a finales de noviembre del año inmediatamente anterior, se acercó al Juzgado para preguntar sobre los títulos y allí se le informó que «debía volver después», luego, por auto de 24 de noviembre de 2020 se ordenó la entrega del título y programó cita para la entrega del los títulos el 1º de diciembre siguiente, no obstante, éstos no fueron entregados por razones que no especificaron las partes y vinculados en la presente acción.


En consecuencia, pidió que se ordene a la autoridad accionada hacerle entrega efectiva del título, sin condicionamiento alguno y sin que tenga que estar con el abogado


  1. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


Mediante proveído de 9 de diciembre de 2021 se admitió el asunto, ordenando vincular al Grupo de Depósitos Judiciales de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá, el Banco Agrario SA, Vital Life LTDA. y por auto de 12 de enero de 2022 a J.E.G.R., para que, si lo consideraban, se pronunciaran al respecto.


El Grupo de Depósitos Judiciales de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá precisó que la accionante solicitó el pago de depósitos judiciales consignados a un proceso laboral en curso, por lo que era el despacho de...

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