SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 95573 del 24-11-2021
Sentido del fallo | REVOCA CONCEDE TUTELA |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria |
Número de expediente | T 95573 |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Fecha | 24 Noviembre 2021 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL16221-2021 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
OMAR ÁNGEL MEJÍA AMADOR
Magistrado ponente
STL16221-2021
Radicación n.° 95573
Acta 45
Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veintiuno (2021).
Teniendo en cuenta la ausencia justificada del magistrado Jorge Luis Quiroz Alemán, a quien correspondió el reparto de la presente acción de tutela, el presidente de la Sala asume temporalmente la ponencia de este asunto, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.12 del artículo 4° del Acuerdo 48 de 16 de noviembre de 2016 –Reglamento de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.
La Sala resuelve la impugnación interpuesta por el tutelante ROBINSON CASTRILLÓN contra la sentencia del 19 de octubre de 2021, proferida por la SALA DE CASACIÓN CIVIL en la tutela que promovió contra el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA-DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN JUDICIAL-UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS-DIVISIÓN DE ASUNTOS LABORALES-GRUPO HOJAS DE VIDA.
- ANTECEDENTES
El señor R.C. instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de su derecho fundamental de petición, presuntamente vulnerado por la autoridad accionada.
Refirió que el 2 de julio de 2021 envió al correo electrónico cramier@deaj.ramajudicial.gov.co petición solicitando la «validación sentencia para apostilla», para lo cual adjuntó copia de la sentencia de divorcio con constancia de ejecutoria y que eran fieles al original; que en la misma fecha recibió respuesta de la señora C. Patricia Ramírez Reina en la que le dijo que el asunto estaba a cargo de T.P.V.D. tvanegad@deaj.ramajudicial.gov.co; que ese día realizó el registro de la solicitud en el aplicativo SiGobius bajo el asunto «solicitud de validación firmas sentencia divorcio para apostillar de M.Á.C., a lo que recibió un mensaje de que se realizó el registro con el código de documento «EXTDEAJ21-10892»; que el 8 de julio de 2021 recibió respuesta de Tatiana Paola Vanegas en el que le dijo:
La señora C. ya no realiza el proceso de sentencias, por lo cual cualquier tema relacionado a los tramite sentencia para realizar la firma de a mano alzada en conmigo y por este medio puede solicitar información de los proceso[s] ya radicados.
Por otro lado mi correo electrónico noes medio de radicación de las sentencia[s], para radicar la sentencia de manera virtual deben ser enviadas al correo medeaj@cendoj.ramajudicial.gov.co o si desea radicarlo en el punto físico, el cual está disponible, en la calle 72 número 7-96 desde las 8 am hasta las 12Pm. Se debe radicar solamente una vez en punto físico o virtual, no por ambos medios, posteriormente...
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