SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 121043 del 25-01-2022 - Jurisprudencia - VLEX 899304970

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 121043 del 25-01-2022

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha25 Enero 2022
Número de expedienteT 121043
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP617-2022


JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

Magistrado Ponente


STP617-2022

Radicación n.° 121043

(Aprobación Acta No. 11)


Bogotá D.C., veinticinco (25) de enero de dos mil veintidós (2022)


VISTOS


Resuelve la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Decisión de Tutelas, la acción interpuesta por el apoderado de VYSNOVA PARTNER, INC., contra el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Bogotá y la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, por la presunta vulneración a sus derechos fundamentales de petición y debido proceso.









ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


La parte accionante solicita el amparo de sus derechos fundamentales de petición y debido proceso, que considera vulnerados por las autoridades judiciales accionadas, al no haberse tramitado, a la fecha, la impugnación interpuesta contra el fallo de tutela de primera instancia emitido por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Bogotá el 19 de mayo de 2011.


Alegó que, una vez notificado del fallo de primer grado con ocasión de la acción de tutela 2021-00074, y dentro de los términos legales dispuestos para tal fin, presentó impugnación contra este; sin embargo, al consultar la página de la Rama Judicial, no se evidencia que se haya dado el respectivo trámite procesal al recurso.


Resaltó que, “(…) pese a que el citado juzgado informó del envió de la impugnación, el proceso de la referencia no se encuentra en el sistema de la rama judicial, ni en las salas que conforman el Tribunal Superior de Bogotá, por lo que ante el desconocimiento de la admisión de la impugnación, el día 24 de agosto de 2021 se presentaron los siguientes memoriales:


  • A la Secretaría del Tribunal Superior de Bogotá, solicitándo información de la Sala de Conocimiento de la impugnación que debió recibir desde el mes de julio, pues aun cuando ha transcurrido más de un mes, a la fecha no se ha recibido notificación de admisión.

  • Al Juzgado Segundo Penal del Circuito de Bogotá con función de Conocimiento, solicitándole informar si la impugnación fue enviada al Tribunal, junto con la confirmación de recibido o acta de reparto del Tribunal Superior de Bogotá D.C.”


Por estos motivos, acude al presente amparo constitucional, con la finalidad que se ordene a las autoridades competentes dar trámite a la impugnación interpuesta dentro de la acción de tutela de referencia.


RESPUESTA DE LAS AUTORIDADES ACCIONADAS Y VINCULADAS


1.- El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Bogotá manifestó lo siguiente:


(…) me permito informar que mediante providencia del 19 de mayo del año que avanza se declaró improcedente la acción de tutela antes referenciada, decisión contra la cual se presentó el recurso de impugnación por parte del accionante, siendo este concedido mediante auto del 21 de mayo de 2021.


Así las cosas, el día 18 de julio del presente año, el secretario del Despacho procedió a remitir la actuación en mención a la secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, no obstante ello, acorde con lo manifestado por el apoderado judicial de VYSNOVA PARTNER, INC. y una vez verificado el envío de la referida impugnación, se encontró que su envío se llevó a cabo a una dirección de correo electrónica errada, dado que la misma no se encontraba habilitada para este tipo de trámites, esto es secsptribsupbta@notificacionesrj.gov.co.


Por lo anterior, de manera inmediata se procedió a realizar la corrección...

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