SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 65280 del 15-12-2021
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Fecha | 15 Diciembre 2021 |
Número de expediente | T 65280 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL17795-2021 |
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ
Magistrado ponente
STL17795-2021
Radicado n.° 65280
Acta 48
Bogotá, D.C, quince (15) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).
La Sala decide la acción de tutela que LUIS EDUARDO CHINCHILLA CASALINS interpone contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BUCARAMANGA.
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ANTECEDENTES
El accionante formula acción de tutela con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y acceso a la administración de justicia.
Para respaldar su pretensión, manifiesta que L.D.A.P. promovió proceso ordinario laboral en su contra y de Zatec Inversiones S.A.S., para que se declare la existencia de un contrato de trabajo entre el 1.º y el 30 abril de 2018, en virtud de la sustitución patronal que operó entre él y dicha empresa, junto con el pago de las prestaciones y las indemnizaciones moratoria, por no consignación de cesantías y por despido sin justa causa.
Relata que el asunto se asignó al Juez Quinto Laboral del Circuito de B., quien mediante sentencia de 21 de febrero de 2020, declaró que (i) entre la demandante y Zatec Inversiones S.A.S. existió una relación laboral desde el 6 de junio de 2016 hasta el 31 de marzo de 2018 y que (ii) la actora continuó prestándole sus servicios del 1.º al 30 de abril de 2018 debido a la sustitución patronal que operó entre él y la referida compañía. En consecuencia, lo condenó a pagar solidariamente $3´346.118 por las prestaciones sociales que se causaron en el primer periodo en mención. Asimismo, le impuso el pago de $178.183 por este mismo concepto durante el tiempo en que fue empleador, así como el de las indemnizaciones moratoria y por despido sin justa causa, esta última por valor de $1´249.987.
Refiere que, al resolver el recurso de apelación que interpuso contra la anterior decisión, a través de fallo de 16 de julio de 2021 la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bucaramanga la confirmó.
Afirma que la autoridad judicial convocada transgredió sus derechos fundamentales, toda vez que únicamente ejercía funciones de administrador en el establecimiento en el que laboró la demandante; luego, no era un verdadero empleador.
Señala que, pese a que interpuso recurso de apelación, el 3 de marzo de 2020 consignó a órdenes del proceso la suma correspondiente a las prestaciones para evitar el pago de una indemnización moratoria cuantiosa; no obstante, el Tribunal agravó su situación al declarar la existencia de una sola relación laboral y no de dos como lo hizo el a quo, dado que la codemandada no ha cancelado las prestaciones que adeuda, de modo que la sanción moratoria a su cargo sigue en aumento, lo que afecta gravemente su patrimonio económico y familiar.
Informa que, en este momento, cursa ante el a quo el proceso ejecutivo que la actora promovió en su contra y...
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