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SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 55721 del 09-02-2022

Sentido del falloCASA PARCIALMENTE Y DE OFICIO
EmisorSala de Casación Penal
Fecha09 Febrero 2022
Número de expediente55721
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de sentenciaSP411-2022




HUGO QUINTERO BERNATE

Magistrado Ponente



SP411-2022

R.icado No. 55721

Acta No. 22


Bogotá, D.C., nueve (9) de febrero de dos mil veintidós (2022).


ASUNTO


Se pronuncia la Corte de oficio sobre la legalidad de la pena accesoria de la privación del derecho a la tenencia o porte de arma, en relación con la sentencia emitida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá el 20 de marzo de 2019, mediante la cual confirmó la proferida por el Juzgado 40 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de la misma ciudad, que condenó a I.D.D. CRUZ como autor de los delitos de homicidio en grado de tentativa y fabricación, tráfico y porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.


HECHOS


El 15 de marzo de 2015, hacia las 3:25 p.m., en la Calle 32 con Carrera 2 de Bogotá, con ocasión de un disparo que le hizo alias TENANE a IVÁN DARÍO DÍAZ CRUZ, este último también disparó su arma de fuego impactando a CLAUDIA RODRÍGUEZ GARCÍA en la pelvis, a quien se le salvó la vida por la atención médica prestada.


ACTUACIÓN PROCESAL


El 6 de diciembre de 2017, se llevaron a cabo audiencias preliminares ante el Juzgado 34 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, en las cuales se legalizó la captura de I.D.D.C., la Fiscalía le imputó el delito de homicidio en la modalidad de tentativa, el procesado aceptó cargos y se dejó en libertad porque no fue solicitada medida de aseguramiento1. Por esa razón, el 2 de marzo de 2018, la Fiscalía radicó escrito de acusación con allanamiento a cargos.


El 13 de julio de 2018, ante el Juzgado 27 Penal Municipal con Función de Garantías de Bogotá, se llevó a cabo audiencia de adición a la imputación atrás señalada, en donde la Fiscalía le imputó a IVÁN DARÍO DÍAZ CRUZ la comisión del delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones2, por el cual el procesado aceptó cargos. Por ello, el 19 de julio de 2018, la Fiscalía presentó adición al escrito de acusación con allanamiento a cargos.


El 29 de octubre de 2018, el Juzgado 40 Penal del Circuito de Bogotá inició audiencia de individualización de la pena y sentencia, en la que, luego de verificar que el allanamiento a cargos se hizo con observancia de todas las garantías constitucionales y legales, se impartió aprobación y se corrió traslado a las partes del artículo 447 de la Ley 906 de 2004, las cuales terminaron sus intervenciones el 21 de noviembre del 20183.


El fallo de primera instancia fue emitido el 21 de noviembre de 2018, oportunidad en la que se condenó a IVÁN DARÍO DÍAZ CRUZ como autor de los delitos de homicidio en grado de tentativa y fabricación, tráfico y porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones, en concurso, y se le impuso la pena de 66 meses de prisión y la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas y la prohibición para la tenencia o porte de armas de fuego, accesorios o municiones por el mismo término de la pena privativa de la libertad. El juzgado negó el subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.


El defensor del procesado apeló la sentencia de primera instancia y la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá la confirmó el 20 de marzo de 2019, por lo que la defensa de IVÁN DARÍO DÍAZ CRUZ interpuso y sustentó el recurso de casación.


El 28 de abril de 2021 esta Corporación dispuso inadmitir la demanda de casación, dar trámite al mecanismo de insistencia y, cumplido lo anterior, regresar el asunto al despacho del ponente para estudiar la posibilidad de emitir fallo de casación de oficio, al advertir un posible vicio en la determinación de la pena accesoria de privación del derecho a la tenencia o porte de...

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