SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 120749 del 14-12-2021 - Jurisprudencia - VLEX 901480036

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 120749 del 14-12-2021

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 120749
Fecha14 Diciembre 2021
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cali
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP17728-2021




HUGO QUINTERO BERNATE

Magistrado Ponente



STP 17728 - 2021

Radicado 120749

Acta No. 329


Bogotá, D. C., catorce (14) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).


VISTOS


Resuelve la Sala la impugnación presentada por LAURA MARCELA LÓPEZ SERRANO, en contra de la sentencia del 27 de octubre de 2021, emitida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, por medio de la cual declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por la prenombrada, frente a la Fiscalía 178 Seccional de esa ciudad.


Además de la autoridad accionada, al trámite fueron vinculados los Juzgados 6º Penal del Circuito y 24, 17, 9º y 6º Penales Municipales con Función de Control de Garantías, todos de Cali, los representantes de víctimas por Credivalores, Banco Falabella, Gases de Occidente, Banco de Bogotá y Coopberlín, la Procuraduría 30 Judicial I de Cali y el señor I.R.Z.C..


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


De acuerdo con el escrito inicial, entre los años 2013 y 2019 la Fiscalía 178 Seccional de Cali adelantó una investigación en contra de una organización criminal integrada por 12 personas, que presuntamente se dedicaba a cometer delitos informáticos. El 12 de noviembre de 2019 se realizó una serie de allanamientos simultáneos a los diferentes domicilios de los indiciados, entre ellos, el apartamento en donde habitaba Iván Roberto Zarama Cardona, compañero sentimental de LAURA MARCELA LÓPEZ SERRANO. Allí fue incautado el vehículo de placas GJQ604, de propiedad de la accionante.


En el año 2020, con fundamento en lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Penal, la promotora del amparo solicitó la devolución de su automotor, por intermedio de su abogada. El asunto lo conoció el Juzgado 24 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali y, en audiencia celebrada el 26 de agosto de ese año, dicha autoridad determinó que no procedía la entrega del rodante, en la medida en que la defensa no había demostrado cómo iba a reparar a las víctimas acreditadas en el proceso.


En octubre de 2020 requirió, nuevamente, la celebración de una audiencia preliminar para estudiar la devolución del vehículo incautado. En aquella oportunidad, la diligencia se adelantó ante el Juzgado 6º Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali, despacho que, el 25 de noviembre de esa anualidad, volvió a negar la entrega pretendida, esta vez con fundamento en que ya se había formulado acusación al interior del proceso penal y, para ese momento, el juez competente para decidir sobre esa solicitud era aquel ante el cual se estuviera desarrollando el juicio oral.


En la actualidad, el proceso aún no ha culminado, toda vez que varios de los acusados han solicitado aplazamientos con la finalidad de recolectar el dinero que necesitan para reparar a las víctimas y, así, poder acceder a un preacuerdo con la Fiscalía General de la Nación. Si bien algunos de los coimputados se han allanado a cargos, I.R.Z.C. aún está intentando reparar a los afectados con la conducta punible. Mientras esto ocurre, el ente acusador sigue en custodia del vehículo de la actora.


Por considerar que esta situación evidencia una clara afectación a su derecho fundamental al debido proceso, LAURA MARCELA LÓPEZ SERRANO solicitó que se ordene la entrega inmediata y el levantamiento de todas las medidas cautelares que pesan sobre el vehículo de placas GJQ604.


TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA


1. Por autos del 15 y 19 de octubre de 2021, la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali admitió la presente acción de tutela y corrió el respectivo traslado a la fiscalía demandada y a las demás partes vinculadas.


2. El Juzgado 6º Penal del Circuito con Función de Conocimiento no se pronunció al interior de este procedimiento. Sin embargo, remitió una copia del acta de la audiencia del 1º de octubre de 2021, en donde consta que Iván Roberto Zarama Cardona está dispuesto a celebrar un preacuerdo con la Fiscalía General de la Nación. Empero, dicha diligencia no pudo culminarse en razón a que el acusado no pudo presentarse virtualmente a la diligencia por problemas técnicos en la cárcel de Villahermosa de Cali. La audiencia fue aplazada para el 30 de noviembre siguiente.


3. El Juzgado 24 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali señaló que el 7 de octubre de 2020 celebró una audiencia preliminar de devolución de bienes incautados...

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