SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 121004 del 14-12-2021 - Jurisprudencia - VLEX 901480071

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 121004 del 14-12-2021

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha14 Diciembre 2021
Número de expedienteT 121004
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP17784-2021




HUGO QUINTERO BERNATE

Magistrado Ponente


STP17784-2021

Radicación 121004

(Aprobado Acta No. 329)

Bogotá D.C., catorce (14) de diciembre de dos mil veintiuno (2021).


VISTOS:


Resuelve la Sala la acción de tutela interpuesta por ANGÉLICA MARÍA HERNÁNDEZ RAMÍREZ, a través de apoderada, contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia y el Juzgado 1º Penal del Circuito Especializado de la misma ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, dignidad humana, libertad «y sus derechos como madre cabeza de familia, así como los derechos fundamentales de sus menores hijos…».


Al trámite fueron vinculados el Instituto Nacional Penitenciario y C.I., la Fiscalía 5ª Especializada de Armenia y la Procuraría Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito Especializados de esa sede, partes e intervinientes dentro del proceso con radicado 630016000000202100108.


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


1. Para lo que compete resolver en el presente asunto, del escrito de tutela y documentos allegados al plenario, la Sala destaca los siguientes hechos jurídicamente relevantes:


(i) En audiencias concentradas realizadas el 14 de octubre de 2020, el Juzgado 6º Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Armenia legalizó la captura de ANGÉLICA MARÍA HERNÁNDEZ RAMÍREZ. Así mismo, impartió legalidad a la formulación de imputación en su contra por los delitos de concierto para delinquir agravado, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, porte ilegal de armas de fuego y estímulo al uso ilícito, y le impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario.


(ii) El 16 de marzo de 2.021, el Juzgado 3ª Penal del Circuito, en segunda instancia, otorgó la sustitución de la detención intramural por la de detención domiciliaria, en virtud al estado de gravidez de la acusada, beneficio que concedió por el término de 6 meses (lapso que comprende el nacimiento y lactancia).


(iii) El 6 de julio de 2021, fue presentado preacuerdo ante el Juzgado 1º Penal del Circuito Especializado, estrado que, luego de aprobar la negociación, el 27 de julio siguiente emitió fallo condenatorio por los delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, en concurso homogéneo y sucesivo, y estímulo al uso ilícito, imponiendo a ANGÉLICA MARÍA HERNÁNDEZ RAMÍREZ 34 meses de prisión y multa de 150 SMLMV. Del mismo modo, concedió el beneficio sustitutivo de la prisión domiciliaria durante el periodo de lactancia de su hijo T., hasta el 28 de noviembre de 2021.


(iv) En contra de la referida sentencia la defensa interpuso recurso de apelación, el cual se encuentra pendiente de resolver en la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia.


(v) El pasado 24 de noviembre, se presentó ante el juzgado de conocimiento «solicitud de sustitución de la medida de aseguramiento, la cual fue negada, a la vez que no permitió la interposición del recurso de apelación ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia, por lo cual se interpuso el recurso de queja.»


vi) Apuntó la parte actora, entre otras cosas, que sus menores hijos dependen emocional y económicamente de ella, pues no cuenta con el apoyo de los padres de dos de ellos, ni parientes cercanos que puedan hacerse cargo de los niños, acotando que su progenitor falleció recientemente y que la figura, como madre cabeza de familia, es fundamental para el normal de desarrollo de aquéllos, «especialmente para el bebé quien tiene escasos 5 meses y 24 días de edad, por lo que separarlo de su madre a tan corta edad podría rayar inclusive en la crueldad, equiparándolo a un castigo que resulta injusto para un ser humano tan pequeño, que actualmente está siendo alimentado por su madre y que depende absolutamente de ella».


2. Por lo anterior, la promotora de la acción acude ante el juez de tutela para que proteja las garantías fundamentales invocadas. Como consecuencia de ello, intervenga dentro del proceso penal con radicado 630016000000202100108 y «ordene la suspensión de la orden de encarcelamiento para la accionante, contenida en la Sentencia condenatoria proferida por el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO DE ARMENIA, hasta que el Honorable Tribunal del Distrito Judicial de Armenia –Sala Penal resuelva el recurso de apelación y cobre firmeza dicha decisión. Se sirva ordenar la sustitución de la medida de aseguramiento preventiva de la libertad de la señora A.M.H.R., por una o (sic) otras medidas de aseguramiento no privativas de la libertad, con base en el artículo 307 parágrafo 1 de la Ley 906 de 2004.».


TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA:


Por auto del 2 de diciembre de 2021, la Sala admitió la demanda de tutela y corrió el traslado respectivo a las autoridades y partes mencionadas.


El Juzgado 1º Penal del Circuito accionado, en respuesta al requerimiento efectuado, dio cuenta del trámite allí surtido, manifestando que, en relación con lo planteado en el escrito inicial, con el fin de dar respuesta a una de las múltiples peticiones presentadas por uno de los abogados a los que la accionante ha conferido poder, consultó al asesor jurídico de la reclusión de mujeres V.C. de Armenia, quien informó que ese lugar está en capacidad de garantizar las condiciones para que las madres lactantes detenidas puedan seguir amamantando a sus hijos, aún después de cumplido el periodo de 6 meses establecido por la ley, motivo por el que no es viable revocar la orden de materializar la detención en centro carcelario.


Por su parte, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Armenia informó que la sentencia de primera instancia fue apelada por la defensa y recibidas las diligencias en esa Corporación el 12 de agosto de la presente anualidad, hallándose actualmente...

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