SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº 125879 del 01-09-2022 - Jurisprudencia - VLEX 913433232

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº 125879 del 01-09-2022

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha01 Septiembre 2022
Número de expediente125879
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP11687-2022


DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN Magistrado ponente


STP11687-2022

Radicación n° 125879

Acta 208.



Ibagué (Tolima), primero (1°) de septiembre de dos mil veintidós (2022).


ASUNTO


Se pronuncia la Corte sobre la demanda de tutela instaurada por Yurany Yanyne Jiménez Vega contra la S.M. Nº 1 de Asuntos Penales para Adolescentes del Distrito Judicial de Cúcuta y el Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes de la misma ciudad, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, desde ahora ADRES, y la Caja de Compensación Familiar Compensar, en adelante Compensar, por la presunta vulneración sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, tutela judicial efectiva, salud, igualdad, seguridad social, dignidad humana y mínimo vital y móvil.


Al trámite fueron vinculados la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Norte de Santander, la E.S.E. Hospital Universitario E.M., y las partes y demás intervinientes en la actuación constitucional identificada con radicado nº 54-001-3118-001-2022-0068-00, adelantada por el Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes de Cúcuta.


HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


De acuerdo con las pruebas allegadas al expediente y según lo esbozado en el libelo introductorio, se verifica que Yurany Yanyne Jiménez Vega interpuso acción de tutela contra el ADRES y Compensar, a fin de que se ordenara dar respuesta a la solicitud de pago de los honorarios a la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Norte de Santander, para que esta última dictaminara su pérdida de capacidad laboral. Igualmente, pidió que el juez de tutela dispusiera el pago de los honorarios a la respectiva junta, a efectos de que se llevara a cabo la valoración de pérdida de la capacidad laboral.


La actuación fue asignada al Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes de Cúcuta, bajo el radicado nº 54-001-3118-001-2022-0068-00, quien tuteló el derecho de petición de la actora y ordenó al ADRES dar respuesta de fondo a la solicitud elevada por la actora el 18 y 25 de abril de 2022. Asimismo, declaró improcedente el amparo de cara a la pretensión de ordenar el pago de los honorarios a la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Norte de Santander. Todo lo anterior, en sentencia del 4 de mayo de 2022.


Contra la anterior determinación la demandante interpuso impugnación que fue desatada por la S.M. Nº 1 de Asuntos Penales para Adolescentes del Distrito Judicial de Cúcuta, en proveído del 5 de julio del año que avanza. En esa decisión el juez de segundo grado dispuso confirmar la sentencia recurrida.


En este contexto, Yurany Yanyne Jiménez Vega acude al presente diligenciamiento constitucional en procura de la salvaguarda de sus garantías constitucionales, pues considera que las sentencias emitidas en ambas instancias lesionaron sus derechos fundamentales, en la medida en que no valoraron las pruebas aportadas, ni las manifestaciones de buena fe extendidas en la demanda.


Por lo anterior, pide que se «corrijan» los fallos de primer y segundo grado proferidos por la S.M. Nº 1 de Asuntos Penales para Adolescentes del Distrito Judicial de Cúcuta y el Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes de la misma ciudad. Asimismo, solicita que se ordene al ADRES pagar a la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Norte de Santander los honorarios correspondientes a 1 SMMLV, en aras de que se determine su pérdida de capacidad laboral. De manera subsidiaria, solicita que se ordene a Compensar que realice la valoración de su pérdida de capacidad laboral.


INTERVENCIONES


Juzgado Primero Penal del Circuito para Adolescentes de Cúcuta. La directora del despacho indicó que la accionante interpuso acción de tutela contra el ADRES y Compensar, la cual fue decidida mediante fallo del 25 mayo de 2022. Destacó que la actora impugnó la decisión y en sentencia del 5 de julio siguiente, el superior confirmó el amparo del derecho de petición otorgado en primera instancia. Para tal fin, aportó las respectivas decisiones.


S.M. Nº 1 de Asuntos Penales para Adolescentes del Distrito Judicial de Cúcuta. Una magistrada de la Corporación expuso los fundamentos del fallo de tutela del 5 de julio de 2022, por medio del cual confirmó la decisión de primera instancia, dentro del trámite donde la hoy actora también fungió como accionante contra ADRES y Compensar.


Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES. El apoderado judicial de la entidad pidió que se declarara improcedente el amparo deprecado, comoquiera que el actual reclamo constitucional se dirigió contra otra tutela y el mismo no cumplía con los requisitos para su procedencia. De forma subsidiaria, solicitó que se denegara el amparo, puesto que dicha entidad no ha vulnerado los derechos fundamentales de la actora.


Caja de Compensación Familiar Compensar. El apoderado judicial del programa de salud de la entidad pidió ser desvinculado del presente trámite constitucional, por falta de legitimación en la causa por pasiva, comoquiera que no ha incurrido en ninguna vulneración de las garantías de la demandante.


Junta Regional de Calificación de Invalidez de Norte de Santander. La directora administrativa y financiera de la junta indicó que la mismo no vulneró los derechos fundamentales alegados por la accionante, puesto...

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