SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 125608 del 01-09-2022 - Jurisprudencia - VLEX 913435650

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 125608 del 01-09-2022

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA HECHO SUPERADO
EmisorSala de Casación Penal
Fecha01 Septiembre 2022
Número de expedienteT 125608
Tribunal de OrigenSala Penal del Tribunal Superior de Cali
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP11834-2022




GERSON CHAVERRA CASTRO

Magistrado Ponente



STP11834-2022

Radicación n° 125608

Acta No 208



Ibagué (Tolima), primero (1º) de septiembre de dos mil veintidós (2022).




ASUNTO


Resolver la impugnación presentada por Yeison Hurtado Estacio, respecto del fallo proferido el 15 de julio de 2022 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, a través del cual declaró la carencia actual de objeto por hecho superado, dentro de la acción de tutela que promovió en contra del Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad, ante la omisión de pronunciarse respecto de su solicitud de prisión domiciliaria.



LA DEMANDA


Refiere el accionante, Yeison Hurtado Estacio, que se encuentra privado de la libertad en la cárcel de Jamundí, a órdenes del Juzgado 6º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali, despacho judicial ante el cual radicó solicitud a efectos de que se concediera en su favor la prisión domiciliaria, por ser padre cabeza de familia según los parámetros de la Ley 750 de 2002.


Agrega que ha transcurrido un prolongado periodo de tiempo sin que la citada autoridad judicial hubiere emitido pronunciamiento alguno.


Solicita que se amparen sus garantías superiores al debido proceso, acceso a la administración de justicia, protección a la familia y «celeridad procesal» y se le ordene al despacho que emita la decisión deprecada.


EL FALLO IMPUGNADO


La Sala Penal del Tribunal Superior de Cali declaró la carencia actual de objeto por hecho superado dentro de la petición de amparo promovida por Yeison Hurtado Estacio.


En fundamento de lo anterior, detalló que la demanda constitucional se radicó el 6 de julio del presente año y en el transcurso de esta, el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cali emitió el auto interlocutorio 1785 del 7 de julio de 2022, mediante el cual se negó el sustituto de prisión domiciliaria solicitada por el señor Yeison Hurtado Estacio, decisión que se encontraba en trámite de notificaciones.


LA IMPUGNACIÓN


En sustento de su inconformidad, el accionante reiteró los argumentos de su demanda.


CONSIDERACIONES


1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 86 de la Constitución Política en concordancia con el artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, es competente esta Sala para conocer la impugnación presentada contra el fallo emitido por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, cuyo superior jerárquico es esta Corporación.


2. La jurisprudencia constitucional ha sido pacífica frente a la acción de tutela al señalar que es un mecanismo subsidiario y excepcional tendiente a proteger los derechos fundamentales de las personas, cuando aquellos resulten amenazados o vulnerados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública, siempre que la persona carezca de otros medios de defensa judicial, a no ser que se promueva como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.


3. Ahora bien, en el asunto que concita la atención de la Sala, el problema jurídico a resolver recae en determinar si el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad vulneró los derechos fundamentales de Yeison Hurtado Estacio, ante la alegada demora en emitir pronunciamiento respecto de la solicitud de prisión domiciliaria dada su condición de padre cabeza de familia.


4. Al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR