SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 125872 del 27-09-2022 - Jurisprudencia - VLEX 916697482

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 125872 del 27-09-2022

Sentido del falloCONCEDE TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha27 Septiembre 2022
Número de expedienteT 125872
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP14220-2022




SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS #2



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente


STP14220-2022

Radicación #125872

Acta 226


Bogotá, D. C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil veintidós (2022).


VISTOS:


Resuelve la Corte la solicitud de tutela formulada por GILBERTO RAMÍREZ MARTÍNEZ contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga.


Al trámite fueron vinculados la Secretaría de esa Corporación judicial, el Juzgado 3° Penal del Circuito Especializado de la misma ciudad, los presidentes del Consejo Superior de la Judicatura y Consejo Seccional de la Judicatura de Santander y la Cárcel y Penitenciaria con Alta y Media Seguridad de Girón -CPAMSGIR-, así como las partes e intervinientes reconocidos al interior del proceso penal 680013107003201500040.


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


El 22 de septiembre de 2017, el Juzgado 3° Penal del Circuito Especializado de B. condenó a GILBERTO RAMÍREZ MARTÍNEZ a 36 años de prisión, tras encontrarlo penalmente responsable del delito de homicidio agravado. No le concedió la condena de ejecución condicional ni la prisión domiciliaria.


La defensa interpuso recurso de apelación contra la anterior determinación, el cual está pendiente de ser resuelto por la Sala Penal del Tribunal Superior de esa ciudad desde el 26 de febrero de 2018.


En virtud de lo anterior, R.M. acudió a la jurisdicción constitucional para reclamar la protección de su derecho fundamental a la vida digna. Pretende que se ordene a la Corporación judicial accionada decidir la alzada.


TRÁMITE DE LA ACCIÓN:


El 8 de agosto de 2022, la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta remitió por competencia el asunto a esta Corporación, tras señalar que debía ser vinculada al trámite su homóloga de B..


Mediante autos del 18 de ese mes y 26 de septiembre siguiente, la Sala admitió la demanda y corrió traslado al sujeto pasivo de la acción y vinculados.


El Juzgado 3° Penal del Circuito Especializado y la Procuraduría 362 Judicial II Penal, ambos de Bucaramanga, luego de que sintetizaron la actuación procesal, se opusieron al amparo constitucional. Argumentaron que no se configuraron los presupuestos para la procedencia de la acción de tutela.


Los Juzgados 1° y 3° Penal del Circuito Especializado de Cúcuta y la Secretaría de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga pidieron la desvinculación del trámite, dada su falta de legitimación en la causa por pasiva.


La doctora P.R.Á.M., Magistrada de la Sala Penal del Tribunal Superior de esta última capital, solicitó negar la demanda. Para el efecto, dio a conocer que el asunto se encontraría en el turno 6° para adoptar la correspondiente determinación, pero le anteceden 82 casos que, aunque ingresaron posteriormente, tienen fecha de prescripción más cercana.


Resaltó que es necesaria la adopción de medidas de descongestión para ese despacho, pues su capacidad de respuesta se encuentra al máximo, toda vez que al 30 de junio de 2022 tenía 228 asuntos pendientes de pronunciamiento, entre los que se encuentran, 58 sentencias de segunda instancia dentro de actuaciones que prescriben en lo que resta de 2022 y 2023.


Añadió que el Consejo Superior de la Judicatura está al tanto de la situación descrita, en razón a que, a través de presidencia, ha remitido diversas solicitudes sobre el particular. Es más, desde el 21 de enero de 2022 la directora de la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico les informó que dispondría de recursos para asignar medidas de descongestión a favor de la Sala Penal de esa Corporación. Sin embargo, lo que hizo fue crear, mediante el Acuerdo PCSJA22-11975 del 28 de julio del presente año, los cargos de sustanciador en los Juzgados 11 y 12 Penal del Circuito de B. y transformar el Juzgado 4° Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de esta ciudad en el Juzgado 10º Penal Municipal con Función de Conocimiento, lo que les generó mayor congestión al aumentar el número de providencias apelables.


Sumado a ello, destacó que la Cárcel y Penitenciaria con Alta y Media Seguridad de Girón -CPAMSGIR- amplió su capacidad en más de 1.000 internos, lo que ha propiciado el aumento en las decisiones de los juzgados de ejecución de penas que son recurridas ante ese tribunal, así como las acciones de tutela en contra de ellos, lo que congestiona aún más esa Sala en virtud de la competencia prevista en el numeral 5º del artículo del Decreto 333 de 2021.


Allegó copia de la estadística del despacho al 30 de junio de 2022, el reporte del 10 de octubre de 2021, por medio del cual dio cumplimiento a la sentencia CC T-099-2021 y a la circular PCSJC21-16 del 26 de agosto de ese año, y los oficios del 7 de diciembre de 2021, 28 de enero y 28 de agosto de 2022, requiriendo medidas de descongestión.


El Consejo Superior de la Judicatura contestó la demanda a través de la Unidad de Desarrollo y Análisis Estadístico. Esta dependencia explicó que en 2020 evaluó las diferentes necesidades de todas las jurisdicciones y especialidades del país en sus diferentes niveles y, por ello, aplicó criterios de priorización relacionados directamente con la demanda judicial y cargas laborales reportadas.


No obstante, precisó que, tras realizar el mencionado ejercicio, no encontró que los despachos de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga debieran ser objeto de medidas de descongestión. Ahora bien, en atención a que 4 de los 6 despachos de magistrados de esa Corporación judicial arrojaron inventarios y promedios de egresos superiores al promedio nacional que los ubican en prioridad 1, fueron incluidos en el anteproyecto de presupuesto para 2023 y en el Plan Integral de Descongestión de la Especialidad Penal que se realizó para dar cumplimiento a la sentencia CC T-099 de 2021.


En cuanto a adoptar medidas que impliquen optimizar recursos, indicó que delegaron al Consejo Seccional de la Judicatura de Santander -sin especificar fecha-, para que analizara la viabilidad de una eventual redistribución de procesos. Sin embargo, aseguró que para ello era importante revisar factores como el estado procesal de los asuntos y las cargas de los demás despachos.


Frente a las causas identificadas en la situación de congestión judicial de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga, señaló que obedece a factores externos del contexto de criminalidad.


Así las cosas, solicitó su desvinculación del trámite, pues afirmó que no existe nexo causal entre los hechos que fundamentan la presente acción y esa entidad.


Las Fiscalías 34 y 86 Especializadas de B. adscritas a la Unidad contra las Violaciones a los Derechos Humanos realizaron la misma petición, bajo el argumento de que no han vulnerado las garantías constitucionales del demandante. La primera autoridad allegó copia digital de la resolución de acusación y la sentencia condenatoria de primera instancia.


En ese mismo sentido se pronunció el Consejo Seccional de la Judicatura de Santander, aduciendo que no ha realizado algún análisis sobre las causas de congestión judicial del despacho de la magistrada P.R.Á.M., debido a que esa funcionaria no ha reportado tal situación. Por el contrario, si bien al 30 de junio de 2022 reportó 228...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 131570 del 18-07-2023
    • Colombia
    • Sala de Casación Penal
    • July 18, 2023
    ...respecto del incidente de desacato propuesto por G.R.M., en relación al incumplimiento del fallo de tutela de primera instancia STP14220-2022, mediante el cual la Sala de Casación Penal amparó el derecho fundamental al debido proceso del ANTECEDENTES RELEVANTES: El 22 de septiembre de 2017,......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR