SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 7600122100002022-00133-01 del 23-11-2022 - Jurisprudencia - VLEX 916698274

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 7600122100002022-00133-01 del 23-11-2022

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha23 Noviembre 2022
Número de expedienteT 7600122100002022-00133-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC15696-2022
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

F


OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE

Magistrado ponente


STC15696-2022 Radicación nº 76001-22-10-000-2022-00133-01

(Aprobado en sesión de veintitrés de noviembre de dos mil veintidós)

Bogotá D.C., veintitrés (23) de noviembre de dos mil veintidós (2022).


De conformidad con el Acuerdo n° 034 de 16 de diciembre de 2020 de esta Corporación y en aras de cumplir los mandatos destinados a proteger la intimidad y bienestar de los niños, niñas y adolescentes, en providencia paralela a esta los nombres de las partes involucradas en el presente asunto serán reemplazados por otros ficticios a fin de evitar la divulgación real de sus datos.


Establecido lo anterior, se resuelve la impugnación que formuló C.D.M. frente a la sentencia de 10 de octubre de 2022, proferida por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en la acción de tutela que el recurrente le instauró a M.C.P., al Juzgado Trece (13) de Familia de Oralidad de Cali, el Juzgado Sexto (6º) de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad, la Comisaria de Familia de Guaduales, a la Fiscalía 94 Local de Cali, y a las demás autoridades, partes e intervinientes en el proceso ejecutivo de alimentos n. 2011-00545-00.


ANTECEDENTES


  1. El actor solicitó amparar su derecho fundamental al debido proceso, «de nulidad y restablecimiento del derecho» y derecho de petición formulada contra su expareja, ordenando obligarla a rendir declaratoria bajo la gravedad de juramento sobre la verdadera paternidad de su hijo y adicionalmente ordenar que se practique prueba genética con la misma finalidad.


  1. En sustento indicó que sostuvo una relación sentimental con M.C.P., de la cual fue procreado A.M.P., sin embargo, la relación afectiva se tornó conflictiva, al punto que luego de la separación de cuerpos, la señora P. formuló denuncia ante la Fiscalía 94 Local de Cali por inasistencia alimentaria. Dicha investigación penal fue archivada luego de la conciliación entre las partes (15 de junio de 2011). Ante el incumplimiento del accionante, se inició proceso ejecutivo de alimentos de que conoció el Juzgado Segundo (2º) de Familia de Cali bajo el radicado n. 2011-00545-00, dentro del cual se ordenó el embargo del 50% del salario devengado por el demandado pagado por la Universidad Autónoma de Occidente. Dicho proceso luego fue remitido por competencia al Juzgado 13 de Familia de Oralidad de la misma ciudad. El accionante formuló acción de tutela ante el Juzgado Sexto (6º) de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad por vulneración del derecho de petición contra particular, sin embargo, la misma fue rechazada por no aportarse prueba de la petición formulada. El promotor consideró que tal acción vulneró su derecho al debido proceso, de petición, de habeas data y de «paternidad de crianza sin engaños».


  1. Tanto los representantes de los Juzgados accionados, como de la Fiscalía y de la Universidad Autónoma de...

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