SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 69530 del 01-03-2023 - Jurisprudencia - VLEX 931039124

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 69530 del 01-03-2023

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha01 Marzo 2023
Número de expedienteT 69530
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL537-2023



F. CASTILLO CADENA

Magistrado ponente


STL537-2023

Radicación n.° 69530

Acta 7


Bogotá, D.C., primero (1.°) de marzo de dos mil veintitrés (2023)


Decide la Corte la acción de tutela presentada por JOHN WILSON ANGARITA BERMÚDEZ contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA; asunto al que se vinculó al JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad, a la COMPAÑÍA DE SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN – SERDAN S.A. y a BAVARIA S.A.


  1. ANTECEDENTES


La parte accionante acudió a este mecanismo constitucional por estimar quebrantados sus derechos fundamentales al trabajo, a la estabilidad laboral reforzada y a la vida digna, presuntamente vulnerados por la autoridad judicial accionada.

Del escrito genitor de la presente tutela y de los documentos allegados al plenario, se tiene que el accionante promovió un proceso ordinario en contra de la Compañía de Servicios y Administración – S.S. y solidariamente frente a Bavaria S.A., con el fin de que, previo pronunciamiento sobre la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido, con extremo inicial del 15 de noviembre de 2014 y vigencia a la prestación de este trámite, se declarara que la entidad empleadora desmejoró sus condiciones laborales, por lo que pidió se le condenara, por concepto de reparación de perjuicios causados, diferencia por prestaciones sociales, los gastos extras por traslado, arriendo, alimentación, transporte intermunicipal, útiles de aseo, obligaciones estas, causadas del 1.º de febrero al 14 de septiembre de 2018, sanción moratoria por desmejora de salario, reajuste de los aportes al SGSSI, indemnización del art. 26 de la Ley 361 de 1997 y los perjuicios morales causadas por el traslado.


La demanda la conoció el Juzgado Primero Laboral del Circuito de B. que, mediante fallo del 20 de agosto de 2021, absolvió a las enjuiciadas de las pretensiones incoadas por el extremo promotor, al considerar que la decisión tomada por S.S., tendiente a modificar el cargo contratado y luego el lugar de prestación de servicios, tuvo como asidero las condiciones de salud del trabajador, la garantía del empleo y la prestación del servicio, por lo que el proceder del empleador se encontraba enmarcado dentro las obligaciones referidas en el artículo 56 del CST.


Contra dicha determinación, el petente formuló recurso de apelación y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B., a través de sentencia del 18 de octubre de 2022, confirmó lo resuelto por el a quo.


El promotor aseguró que se afectaron los derechos fundamentales invocados, toda vez que la decisión del ad quem, que confirmó la de primer grado, desmejoró sus condiciones laborales, «en lo que respecta al salario, con ocasión de mi traslado de la ciudad de San Gil a la de B., con la misma asignación mensual y sin tener en cuenta las circunstancias económicas, familiares y de salud (…), haciéndose necesario acudir a este medio para solicitar su amparo como único fin para detener la flagrante violación a mis derechos fundamentales».


El tutelista adujo que no se tuvo en cuenta que cuando el empleador, de acuerdo a su criterio, determinara que requería trasladar a un trabajador de un lugar a otro, que podía ser otra ciudad o a otro sitio de trabajo en la misma ciudad o zona geográfica, «puede hacerlo siempre que el trabajador no resulte seriamente perjudicado, en mi caso y como anteriormente lo he mencionado a raíz del traslado de mi lugar de trabajo me he visto perjudicado en varios aspectos como lo es el económico, familiar, e indudablemente afectación en mi estado de salud».


C. de lo anterior, la parte accionante solicitó se tutelaran las prerrogativas constitucionales impetradas y, como consecuencia de ello, dejar sin efecto la sentencia proferida el 18 de octubre de 2022 por parte del tribunal accionado, para que, en su lugar, se emitiera una nueva por medio de la cual se declarara que su empleador desmejoró sus condiciones laborales.


Mediante auto del 16 de febrero de 2023 esta Sala de la Corte Suprema de Justicia admitió la tutela, vinculó a los arriba mencionados y dispuso el traslado correspondiente para el ejercicio del derecho de defensa y contradicción.


El Juzgado Primero Laboral del Circuito de B. y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad remitieron link del expediente digital de la demanda objeto de debate constitucional.


  1. CONSIDERACIONES


Para proteger los derechos fundamentales de cualquier persona, amenazados o vulnerados por acción u omisión de una autoridad pública, se estableció en el artículo 86 de la Constitución Política la vía preferente de la tutela, que permite a todo ciudadano acudir a la Administración de Justicia en busca de una orden que impida el acto amenazante o lo suspenda.


De tiempo atrás esta Sala de la Corte asumió el conocimiento de tutela contra providencia judicial, en tanto consideró que, en eventuales casos, las decisiones adoptadas en los procesos podían ser lesivas de los derechos fundamentales, sin que las partes contaran con otros dispositivos procesales para remediar tales afectaciones.


Bajo claros derroteros se ha decantado sobre la excepcionalidad de la queja constitucional, en tanto, por su carácter superior, están inmersos principios como la cosa juzgada y la seguridad jurídica, cuyo fundamento en el ordenamiento jurídico está ligado a la paz social y a la certeza de las partes en la definición de los asuntos que le son confiados a los jueces.


En el caso sub examine, la parte actora cuestiona la sentencia proferida el 18 de octubre de 2022 por parte del tribunal accionado, con el fin de que la misma se deje sin efecto, para que se emita una nueva en la que se declare que su empleador desmejoró sus condiciones laborales.


Se estudiará de fondo esta decisión que zanjó el asunto objeto de debate constitucional, dado que se cumplen los requisitos de...

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