SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 128631 del 14-02-2023 - Jurisprudencia - VLEX 931039253

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 128631 del 14-02-2023

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha14 Febrero 2023
Número de expedienteT 128631
Tribunal de OrigenSala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP2363-2023










SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS #2



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente


STP2363-2023

Radicación #128631

Acta 024


Bogotá, D. C., catorce (14) febrero de dos mil veintitrés (2023).


VISTOS:


Resuelve la Sala la impugnación presentada por GUILLERMO ENRIQUE HOENIGSBERG BORNACELLY, contra la sentencia de tutela proferida el 19 de diciembre de 2022 por la Sala Penal del Tribunal Superior de B., mediante la cual negó el amparo de sus derechos fundamentales dentro de la acción que instauró contra el Juzgado 3º Penal del Circuito con Función de Conocimiento y el Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, ambos de la misma ciudad.


Al trámite fueron vinculados los Juzgados 5º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla y 2º de la misma categoría de B..

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


El 15 de diciembre de 2010, el Juzgado 4º Penal del Circuito de B. con Función de Conocimiento condenó a GUILLERMO ENRIQUE HOENIGSBERG BORNACELLY a la pena de 72 meses de prisión dentro del radicado 68001310400420070017800. La vigilancia del cumplimiento de la sentencia está a cargo del Juzgado 5º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla. Por este asunto se encuentra en libertad condicional.


De otro lado, el 20 de marzo de 2020, el Juzgado 3º Penal del Circuito de B. lo condenó a la pena de 84 meses de prisión y le negó la condena condicional y la prisión domiciliaria dentro del proceso 08001310400220090026200. El 3 de diciembre siguiente la Sala Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad fijó la pena de prisión en 120 meses. Y el 7 de septiembre de 2022 la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia no casó la sentencia. El actor denunció que pese a su ejecutoria, desconoce el juez de penas designado para su cumplimiento.


En razón de ello, a través de varios escritos remitidos entre el 15 y el 18 de noviembre de 2022, les solicitó al juzgado de conocimiento y al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de B. la remisión del proceso al Juzgado 5º de Penas de Barranquilla, por ser el que ejecuta su otra condena. Sin embargo, no obtuvo respuesta y desconoce el destino dado al expediente.


En el mismo lapso, presentó ante distintas autoridades -no especificadas-, solicitudes de acumulación jurídica de penas y de libertad condicional, las cuales no se han resuelto.


A su modo de ver, tales situaciones transgreden sus derechos fundamentales de petición, debido proceso y acceso a la administración de justicia. Solicitó ordenar a la autoridad judicial que tenga el proceso lo remita al Juzgado 5º de Ejecución de Penas de Barranquilla para su vigilancia y resolución de sus peticiones de acumulación jurídica de sanciones y libertad condicional.


TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA:


1. Por autos del 9, 12 y 13 de diciembre de 2022, la Sala Penal del Tribunal Superior de B. admitió la demanda y corrió traslado a los sujetos pasivos de la acción y a los vinculados.


2. El Juzgado 3º Penal del Circuito de B. con Función de Conocimiento informó, en lo sustancial, que el 18 de noviembre de 2022 envió el proceso, junto con las peticiones de acumulación de penas y libertad condicional del sentenciado, al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de B. y allí se...

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