SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 130901 del 13-06-2023 - Jurisprudencia - VLEX 942255807

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 130901 del 13-06-2023

Sentido del falloDECLARA IMPROCEDENTE
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP8036-2023
Fecha13 Junio 2023
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 130901











FABIO OSPITIA GARZÓN

Magistrado Ponente





STP8036-2023

Tutela de 1ª instancia No. 130949

Acta No. 110







Bogotá D.C., trece (13) de junio de dos mil veintitrés (2023)



VISTOS


Se resuelve la acción de tutela instaurada por el apoderado de HOSMAR DE J.Z.Á. contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales y el Juzgado Penal de Anserma, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa e igualdad.


A la acción fueron vinculadas las demás partes, autoridades e intervinientes en el proceso penal 178776000075202100327.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


Como hechos jurídicamente relevantes se destacan los siguientes:


1. En contra del ciudadano HOSMAR DE J.Z.Á., el Juzgado Penal del Circuito de Anserma, adelanta el proceso penal No. 178776000075202100327 por los delitos de secuestro, hurto calificado y fabricación, tráfico o porte de armas, que en la actualidad se encuentra pendiente de concluir el juicio oral.


2. En sesión de audiencia de juicio oral que tuvo lugar el 21 de marzo de 2023, la Fiscalía 1° Seccional de Anserma, solicitó como prueba sobreviniente la declaración de Héctor Antonio Largo Hernández y C.A.S., compañeros de causa del procesado, postulación a la que accedió el aludido juzgado.


3. Contra dicha decisión, el defensor del procesado interpuso los recursos de reposición y apelación. El Juzgado Penal del Circuito de Anserma resolvió desfavorablemente la reposición y declaró improcedente la apelación en atención a lo señalado por la Sala de Casación Penal de esta Corte en decisión AP699-2018.


4. El defensor recurrió en queja, el cual fue desechado por la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales por auto del 13 de abril de 2023.


5. El apoderado de HOSMAR DE J.Z.Á. acude en tutela al considerar que la admisión de los testimonios de H.A.L.H. y Carlos Andrés Silva, en el curso del juicio oral, no cumple los requisitos señalados en el artículo 344 de la Ley 906 de 2004, ni por esta Corporación para ser considerados como prueba sobreviniente, pues,


i) No surgieron como consecuencia de una prueba que se practicara en el juicio, ni eran desconocidas por la Fiscalía, ii) en consecuencia, debieron ser descubiertos oportunamente en audiencia preparatoria y, iii) su práctica no resulta indispensable para el esclarecimiento de los hechos.


En razón a lo anterior, considera que la decisión referida adolece de un defecto sustantivo susceptible de ser corregido por vía de tutela.


6. Por lo dicho, el accionante pretende que, en amparo de sus derechos fundamentales, se ordene al juzgado de conocimiento inadmitir los testimonios de H.A.L.H. y Carlos Andrés Silva, por no cumplir los parámetros para ser tenidos como prueba sobreviniente.



TRÁMITE Y RESPUESTA DE LAS AUTORIDADES ACCIONADAS


Por auto del 24 de mayo de 2023, esta Sala avocó conocimiento de la acción, negó la medida provisional invocada y ordenó correr traslado de la demanda a las autoridades accionadas y demás vinculados.


Solo se recibió informe de la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales, autoridad judicial que manifestó que, por auto del pasado 13 de abril desechó el recurso de queja interpuesto por el apoderado del accionante contra la decisión que admitió la práctica de una prueba sobreviniente, en tanto que la sustentación ofrecida por el recurrente se encaminó a oponerse a la práctica probatoria y no a establecer la viabilidad del recurso de apelación.


CONSIDERACIONES DE LA SALA


Competencia



De conformidad con el artículo 1, numeral 5°, del Decreto 333 de 2021, esta Corporación es competente para resolver la presente tutela en primera instancia, por ser superior funcional de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales.




Problema jurídico


Corresponde a la Corte determinar si frente a la decisión proferida el 21 de marzo de 2023 por el Juzgado Penal del Circuito de Anserma, que...

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