SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002023-03079-00 del 23-08-2023 - Jurisprudencia - VLEX 942255995

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002023-03079-00 del 23-08-2023

Sentido del falloDECLARA IMPROCEDENTE
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de sentenciaSTC8373-2023
Fecha23 Agosto 2023
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 1100102030002023-03079-00



OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE

Magistrado ponente


STC8373-2023

Radicación nº 11001-02-03-000-2023-03079-00

(Aprobado en sesión del veintitrés de agosto de dos mil veintitrés))


Bogotá D.C., veintitrés (23) de agosto de dos mil veintitrés (2023).



Se resuelve la tutela que M.J.A.C. instauró contra la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y la Sociedad de Activos Especiales S.A.E. S.A., extensiva a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, con vinculación de la Fiscalía Doscientos Cuatro Seccional de Justicia Transicional, el Fondo para la Reparación de Víctimas – Unidad de Atención y Reparación Integral de las Víctimas, partes, autoridades y demás intervinientes en el proceso n° 11001-60-00-253-2013-00144-02 (Radicado Interno 60326).


ANTECEDENTES


  1. El convocante pidió:


«i) se [le] informe el estado actual del proceso de justicia y paz, donde se encuentra embargado [su] inmueble (…);


ii) se levante el embargo y la medida provisional de suspensión del poder dispositivo ordenado por el Tribunal de Justicia y Paz concede en Bogotá (…);


iii) se le ordene a la SAE, o quien haga sus veces, se abstenga de ejecutar cualquier orden que por vía de hecho pretenda desaloj[arlo] del bien de [su] propiedad;


iv) se ordene al Tribunal de Justicia y Paz con sede en Bogotá, saquen del listado de bienes para reparar víctimas el bien inmueble con matrícula No 040-275955 (…)».


En sustento adujo que en el año 2006 adquirió mediante leasing habitacional con opción de compra el inmueble atrás referido al Banco Davivienda. El Tribunal de Bogotá, Secretaría de Justicia y Paz le informó mediante oficio 10179 de 4 de julio de 2018, la imposición de medida cautelar de embargo y secuestro y suspensión del poder dispositivo del apartamento 1102 del Edificio Ligth Tower, en el que habita, además ordenó que su inmueble pasara a manos de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación de Víctimas. Contó que la Fiscalía 204 Seccional realizó el secuestro del bien (30 jul 2018). Narró que adelantó la correspondiente investigación a fin de establecer la real situación del inmueble y se encontró con que en la diligencia de incidente de oposición ante una magistrada de justicia y paz Miguel Ángel Melchor Mejía Munera alias el mellizo expresó que su hermano V.M.M.M. (q.e.p.d.) era el encargado de «coger los bienes que estaban a nombre de testaferros y los pasó a justicia y paz», entre ellos el de su propiedad.


Narró que la Sociedad de Activos Especiales le comunicó que había recibido en administración el apartamento y que debía asesorarse de un abogado (13 sep. 2018); sin embargo, el apoderado no hizo nada, al contrario, se presentó en su domicilio una funcionaria de la SAE quien le comunicó que debía entregarlo sin tener en cuenta que es un adulto...

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