SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002020-02013-01 del 15-06-2022 - Jurisprudencia - VLEX 947435733

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002020-02013-01 del 15-06-2022

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha15 Junio 2022
Número de expedienteT 1100102040002020-02013-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC7488-2022

F


OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE

Magistrado ponente


STC7488-2022 Radicación nº11001-02-04-000-2020-02013-01

(Aprobado en sesión de quince de junio de dos mil veintidós)


Bogotá, D.C., quince (15) de junio de dos mil veintidós (2022).


De conformidad con el Acuerdo n° 034 de esta Corporación y en aras de cumplir los mandatos que propenden por la protección de la intimidad y bienestar de los niños, niñas y adolescentes, en esta providencia paralela los nombres de las partes involucradas en el presente asunto serán reemplazados por otros ficticios a fin de evitar la divulgación real de sus datos.


Advertido lo anterior, se resuelve la impugnación que formuló F.M.A. agente oficioso de la menor E.R.Á., frente a la sentencia de 10 de diciembre de 20201, dictada por la Sala de Casación Penal, en la acción de tutela contra la Sala de Casación Laboral de esta corporación, extensiva a los intervinientes en el rad. 2020-00530-00, E.Á.A., la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Notaría 52 de Bogotá, el Juzgado 31 de Familia y la sala laboral Familia del Tribunal Superior de esta ciudad.


ANTECEDENTES


1. El accionante dirigió su inconformidad contra la decisión (11 nov. 2020) adoptada por la sala de Casación laboral de esta corporación en la acción de tutela no. 2020-00530-01.


Revisado el expediente en conjunto en lo que corresponde al reparo contra el trámite que adelantó la Sala de Casación Labora de este órgano judicial se observa que la señora Emma Ávila Aragón, en representación de su hija Eli Ríos Ávila, presentó demanda constitucional contra la Registraduría del Estado Civil, la Notaría 52 del Círculo de Bogotá y el Juzgado 31 de Familia de la misma localidad. En primera instancia el 28 de septiembre de 2020 la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá declaró improcedente el amparo. Veredicto que fue impugnado.


En proveído del 11 de noviembre de 2020 la Sala homóloga en lo Laboral decretó la nulidad de todo lo actuado y dispuso remitir la acción a la Sala Civil del Tribunal Superior de este Distrito Judicial, al ser el superior funcional del despacho accionado.


2. El despacho 31 de Familia de Bogotá, hizo un relato de las actuaciones surtidas en el proceso de impugnación de paternidad, el 19 de febrero de 2020 en sentencia declaró que la menor no era hija biológica del fallecido G.A.R.M. (q.e.p.d.) y, en consecuencia, ordenó oficiar a la Notaría 52 de esta ciudad para que registrara la decisión. Por último, indicó que el 10 de diciembre de 2020 resolvió incidente de nulidad que formuló la madre de la menor.


La Registraduría Nacional del Estado Civil expuso que no vulneró derecho fundamental de la menor,...

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