SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 1100102040002023-01802-00 del 14-09-2023 - Jurisprudencia - VLEX 972502316

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 1100102040002023-01802-00 del 14-09-2023

Sentido del falloDECLARA LA CARENCIA ACTUAL DEL OBJETO - HECHO SUPERADO
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP12068-2023
Fecha14 Septiembre 2023
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 1100102040002023-01802-00


Myriam Ávila Roldán

Magistrada ponente


CUI: 11001020400020230180200

Radicado n.° 132982

STP12068-2023

(Aprobado acta n.°172)


Bogotá D.C., catorce (14) de septiembre de dos mil veintitrés (2023).


I OBJETO DE LA DECISIÓN



La Sala resuelve la acción de tutela formulada por Sergio Luis Pájaro Ortiz contra la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, su Secretaría, el Juzgado Veintiocho Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá y el Centro de Servicios del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá.



En síntesis, el accionante considera vulnerados sus derechos fundamentales de petición, debido proceso y acceso a la administración de justicia, en tanto las accionadas no han atendido su solicitud, consistente en remitir su expediente ante una oficina que asignara un juez de ejecución de penas, para poder solicitar la prisión domiciliaria.


II HECHOS



  1. El 3 de marzo de 2023, Sergio Luis Pájaro Ortiz fue condenado a 114 meses de prisión por el Juzgado Veintiocho Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá, como responsable del delito de acceso abusivo a un sistema informático en concurso con hurto por medios informáticos (CUI 11001610186420170268100), decisión que apeló. Al ser capturado, inicialmente estuvo privado de la libertad en la Estación de Policía de Barrios Unidos de la Localidad de Suba de Bogotá. Actualmente se encuentra en el Complejo Penitenciario y C. las Heliconias de Florencia (Caquetá).


  1. El 27 de julio de 2023, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá modificó la condena, reduciendo la pena a 76 meses de prisión.


  1. El 28 de julio de 2023, Sergio Luis Pájaro Ortiz solicitó -no indicó ante quien- que se remitieran «las diligencias a la a la oficina de asignaciones de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medias de Seguridad de Bogotá D.C, para que se asigne Juez de Ejecución de Penas y poder acceder al subrogado penal de la prisión domiciliaria».


  1. El 18 de agosto de 2023, la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá remitió las diligencias al Juzgado de origen.


  1. El 22 de agosto de 2023, Sergio Luis Pájaro Ortiz solicitó al Juzgado Veintiocho Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá y el Centro de Servicios del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá que remitieran «las diligencias a la oficina de asignaciones de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medias de Seguridad de Florencia (Caquetá), para que se asigne Juez de Ejecución de Penas y poder acceder al subrogado penal de la prisión domiciliaria».


  1. El 31 de agosto de 2023, Sergio Luis Pájaro Ortiz instauró acción de tutela, por cuanto para ese momento no se había asignado un juez de ejecución de penas y medidas de seguridad. Por tanto, solicitó que se ordene al Juzgado Veintiocho Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá -o a quien haga sus veces- que remitiera «de manera inmediata las diligencias a la oficina de asignaciones de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia (Caquetá), para poder acceder al subrogado penal de la prisión domiciliaria».


III. ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES


  1. A través de Auto de 5 de septiembre de 2023, la acción de tutela fue admitida, ordenándose enterar a los accionados y vincular «al Centro de Servicios Administrativos de los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad de Bogotá, la Oficina de Apoyo Judicial de Florencia (Caquetá) y al Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia». Se recibieron las siguientes respuestas:


  1. El Centro de Servicios del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá solicitó su desvinculación por carecer de legitimación en la causa por pasiva. Señaló que el 29 de agosto de 2023 remitió la ficha técnica del proceso ante los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad de Bogotá y Florencia, «correspondiendo a los despachos No.007 y 003 respectivamente […]», y que en la actualidad las diligencias se encuentran a cargo del juzgado que ejecuta la condena


  1. El Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Florencia informó que el 29 de agosto le fue repartido el proceso del accionante, por lo que ese mismo día avocó conocimiento de la causa, «librándose para el efecto boleta de encarcelación No. 143 ante el EPMS Las Heliconias de esta ciudad». Agregó que lo...

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